STSJ Andalucía , 28 de Octubre de 2003

PonenteANTONIO ANGULO MARTIN
ECLIES:TSJAND:2003:13915
Número de Recurso2523/2003
ProcedimientoSOCIAL
Fecha de Resolución28 de Octubre de 2003
EmisorSala de lo Social

1 J.G. Sent. núm. 3.131/2002 Iltmo. Sr. D. Antonio Angulo Martín Presidente Iltmo. Sr. D. Emilio León Solá

Iltmo. Sr. D. José Mª Capilla Ruiz Coello Magistrados En la Ciudad de Granada, a veintiocho de Octubre de dos mil tres.

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía con sede en Granada, compuesta por los Iltmos. Sres. Magistrados que al margen se indican ha pronunciado EN NOMBRE DEL REY la siguiente SENTENCIA En el recurso de Suplicación núm. 2.523/2003, interpuesto por U.G.T., D. Millán , D. Hugo , D. Eduardo , D. Aurelio y D. Juan Pablo contra Sentencia dictada por el Juzgado de lo Social núm. Tres de los de Almería de fecha 4 de Febrero de 2.003 en Autos núm. 990/2001, ha sido Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D. Antonio Angulo Martín.

ANTECEDENTES DE HECHO
Primero

En el Juzgado de referencia tuvo entrada demanda interpuesta por SECCION SINDICAL DE CC.OO DEL COMITÉ DE EMPRESA DE D.S.M. DERETIL sobre DERECHOS contra D.S.M. DERETIL, S.A., U.G.T., RESTO COMITÉ EMPRESA y COMITÉ DIRECTIVO DEL F.A.S. y admitida a trámite y celebrado juicio se dictó Sentencia el 4 de Febrero de 2.003, por la que desestimando la excepción de falta de litisconsorcio pasivo necesario alegada por la Unión General de Trabajadores y los miembros del Comité de Empresa D.S.M. Deretil, S.A., D. Millán , D. Eduardo , D. Hugo , D. Aurelio , D. Juan Miguel , D. Juan Pablo y D. Juan Enrique y estimando la excepción de falta de legitimación pasiva aducida por la empresa D.S.M. Deretil, S.A., estimaba la demanda interpuesta por D. Juan Pedro , D. Luis Miguel , D. Carlos María , D. Jose Antonio , D. Simón , declaraba la nulidad de la asamblea convocada por el Comité de Empresa el día 24-11-00 para la elección del Comité Directivo del Fondo de Asistencia Social, dejando sin efecto todas las decisiones tomadas en la citada asamblea y en especial en la elección de nuevos miembros del Comité

Directivo, condenando a los demandados a estar y pasar por esta declaración y absolviendo de la demanda a la empresa D.S.M. Deretil, S.A.

Segundo

En la Sentencia aludida se declararon como hechos probados los siguientes:

  1. - Los actores D. Juan Pedro , D. Luis Miguel , D. Carlos Antonio , D. Carlos María , D. Jose Antonio y D. Simón , cuyas demás circunstancias personales constan en autos, son miembros del Comité de Empresa de la empresa codemandada D.S.M. Deretil, S.A. y pertenecen al sindicato Comisiones Obreras (CC.OO.) por cuya candidatura se presentaron en las últimas elecciones sindicales celebradas en dicha empresa en el año 2.000.

  2. - En dichas elecciones sindicales fueron elegidos como restantes miembros del Comité de Empresa por la candidatura presentada por el sindicato Unión General de Trabajadores (U.G.T.) los codemandados D. Millán , D. Hugo , D. Eduardo , D. Aurelio , D. Juan Miguel , D. Juan Pablo y D. Juan Enrique ; siendo elegido presidente del Comité de Empresa de Deretil D. Millán .

    Con posterioridad a la asamblea del Fondo de Asistencia Social de 24-11-00, a la que nos referiremos a continuación, han cesado en dicho comité de empresa D. Juan Miguel y D. Juan Enrique , siendo sustituidos por D. Benito y D. Everardo , suplentes de la candidatura de U.G.T. 3º.- En el acta de constitución del comité de empresa de Deretil celebrada el 13-12- 95 se aprobó el reglamento de funcionamiento interno del comité de empresa y para sus relaciones con el exterior.

    En dicho reglamento se distinguían dos órganos del comité: el pleno del comité constituidos por todos los miembros del comité de empresa y la comisión permanente constituida por el Presidente del Comité, el Secretario del Comité y 3 vocales nombrados al efecto, todos ellos elegidos por el pleno.

    La Comisión Permanente tiene plenos poderes en cuanto capacidad negociadora y representación, ante la Empresa y cualquier otro organismo competente en materia laboral. Además el Pleno del ¨Comité podrá otorgar cuantas competencias considere competentes, todo ello según el punto décimo de tal reglamento.

    Los actuales miembros de la Comisión Permanente son parte en el presente procedimiento.

  3. - En fecha 6-5-96 se acuerda entre el Comité de Empresa y la empresa D.S.M. Deretil S.A. la Constitución de un Fondo de Asistencia Social formado por los trabajadores de la empresa Deretil en su centro de trabajo de Villaricos, que, voluntariamente, decidan su integración en el mismo.

    Según los estatutos de constitución del FAS se creará un Comité Directivo del FAS integrado por los siguientes miembros:

    6 Trabajadores no pertenecientes ni al Comité de empresa ni a la Dirección de la misma, todos ellos con voz y voto; estos miembros serán elegidos inicialmente por el Comité de Empresa por un periodo de 4 años, una vez terminado el periodo inicial, los 6 miembros serán elegidos mediante asamblea entre los partícipes del FAS. 1 Representante del Comité de Empresa con voz y voto y que recaerá preferentemente en el presidente del Comité de Empresa.

    1 Delegado Sindical del Sindicato mayoritario en la empresa y en su defecto un representante de la mencionada Sección Sindical mayoritaria.

    Dicho comité directivo elegirá a un Presidente, un Secretario y un Tesorero, siendo el resto de los miembros vocales.

    Entre las funciones conferidas al Presidente en los estatutos se encuentra la de convocar asambleas a través del Comité de Empresa, dentro de los límites establecidos en la legislación vigente.

    El FAS se nutre de aportaciones de la empresa y de los trabajadores que voluntariamente se integren en el mismo.

  4. - En el año 2.000 el comité Directivo del FAS estaba compuesto por los codemandados D. Rogelio , D. Carlos Alberto , D. Jose Ángel , D. Pedro Francisco , D. Victor Manuel y D. Alejandro .

  5. - Con fecha 16-11-00, el Comité de Empresa convocó Asamblea Ordinaria de los miembros integrantes del FAS, en el Salón social del Ayuntamiento de Cuevas de Almanzora, a celebrar el día 24-11-00 a las 16'30 horas en 1ª convocatoria y a las 17'00 horas en 2ª Convocatoria, con el siguiente orden del día:

    1. - Gestión de la Comisión del FAS en los cuatro años anteriores.

    2. - Elección de la Comisión del Fondo de...

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