STSJ Cataluña , 27 de Septiembre de 2001

PonenteJUAN BERTRAN CASTELLS
ECLIES:TSJCAT:2001:11393
Número de Recurso1575/1996
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución27 de Septiembre de 2001
EmisorSala de lo Contencioso

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CATALUÑA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCIÓN PRIMERA Recurso n°. 1575/96 Partes: D. Pedro Jesús C/Dirección General de la Policía Coadyuvantes: Alonso y otros SENTENCIA N°.992 Iltmos. Sres.

PRESIDENTE D. EMILIO ARAGONÉS BELTRÁN MAGISTRADOS D. JUAN BERTRÁN CASTELLS Dª PILAR GALINDO MORELL En la ciudad de Barcelona, a veintisiete de septiembre de dos mil uno. VISTO POR LA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CATALUÑA (SECCIÓN PRIMERA), constituida para el examen de este caso, ha pronunciado en el nombre del Rey, la siguiente sentencia en el recurso contencioso administrativo n°. 1575/96, interpuesto por Don Pedro Jesús , representado y defendido por el Letrado D. Jordi Torne Puig, contra la Dirección General de la Policía, representada y asistida por el Sr. Abogado del Estado Ha sido parte coadyuvante D. Alonso , D. Gabriel , D. Ismael , D. Manuel , D. Ricardo , D. Vicente y D. Jose Daniel .

Ha sido Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. JUAN BERTRÁN CASTELLS, quien expresa el parecer de la SALA.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La parte recurrente, mediante su representación procesal, interpuso recurso contencioso administrativo contra la Resolución de 6 de julio de 1996 por la que se resuelve parcialmente el Concurso General de Méritos núm. 9311996, para provisión de puestos de trabajo para funcionarios de nuevo ingreso en escala básica del Cuerpo Nacional de Policía.

SEGUNDO

Acordada la incoación de los presente autos, se les dio el cauce procesal previsto por la

Ley de esta Jurisdicción, habiendo despachado las partes, llegado su momento y por su orden, los trámites conferidos de demanda y contestación, en cuyos escritos respectivos en virtud de los hechos y fundamentos de derecho que constan en ellos, suplicaron respectivamente la anulación de los actos objeto del recurso y la desestimación de éste, en los términos que aparecen en los mismos.

TERCERO

Acordado por auto de fecha 2 de diciembre de 1999, el recibimiento del precedente pleito a prueba y tras los oportunos trámites que prescribe la Ley Jurisdiccional en sus respectivos artículos, en concordancia con los de la L.E.C., se señaló a efectos de votación y Fallo la audiencia del día 20 de septiembre riel presente año, a la hora señalada.

CUARTO

En la sustanciación del presente procedimiento se han observado y cumplido las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Se impugna en el presente recurso contencioso administrativo la Resolución de 6 de julio de 1996 por la que se resuelve el Concurso General de Méritos núm. 93/ 1996, terminando la demanda con la súplica que es de ver en autos, consecuencia de la Resolución de 28 de junio de 1996 de la DIRECCIÓN GENERAL DE LA POLICÍA, por la que se convoca dicho Concurso General de Méritos núm. 93/ 1996, para la provisión de puestos de trabajo por funcionarios de nuevo ingreso en la Escala Básica del Cuerpo Nacional de Policía, en la categoría de Policía, y ello por considerarse el recurrente con mayor derecho a la/s plazas que señala en la demanda.

SEGUNDO

El recurrente participó en el anterior Concurso General de Méritos 47/1996, en el que solicitó vacantes en las mismas plazas a que se refiere la demanda, no siéndole adjudicada vacante alguna, pese a que en el meritado concurso se convocaron varias plazas para ellas. Se impugna en la demanda el Concurso 93/1996 por convocar varias vacantes para tales destinos sin haber sido previamente ofrecidas en aquel Concurso...

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