STSJ Andalucía , 15 de Octubre de 2003

PonenteMARIA INMACULADA MONTALBAN HUERTAS
ECLIES:TSJAND:2003:13299
Número de Recurso4099/1997
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución15 de Octubre de 2003
EmisorSala de lo Contencioso

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ANDALUCÍA SALA DE LO CONTENCIOSO -ADMINISTRATIVO SECCIÓN SEGUNDA RECURSO NÚM: 4099/97 SENTENCIA NÚM. 2.790 DE 2.003 Ilmo. Sr. Presidente:

D. José Antonio Santandreu Montero Ilmos. Sres. Magistrados D. Federico Lázaro Guil Doña Inmaculada Montalbán Huertas En la ciudad de Granada, a quince de octubre del dos mil tres. Ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, con sede en Granada, se ha tramitado el recurso número 4099/97seguido a instancia del Procurador D. Enrique Raya Carrillo, en nombre y representación del Ayuntamiento de La Carolina (Jaén) asistido de Letrado; siendo parte demandada la Delegación Provincial en Jaén de la Consejería de Trabajo e Industria, asistida por el Letrado de su Gabinete Jurídico. La cuantía del recurso es de 2.547.000 pts.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Interpuesto recurso contencioso-administrativo frente a la actuación administrativa que se detalla en el primer fundamento jurídico de esta resolución, se admitió a trámite y se acordó reclamar el expediente administrativo, siendo remitido por la Administración demandada.

SEGUNDO

En su escrito de demanda, la parte actora expuso cuantos hechos y fundamentos de derecho consideró de aplicación y terminó por solicitar se dictase sentencia estimando el recurso y anulando dicha actuación administrativa impugnada. En su escrito de contestación a la demanda, la Administración demandada se opuso a las pretensiones de la parte actora y, tras exponer cuantos hechos y fundamentos de derecho consideró de aplicación, solicitó la desestimación del recurso

TERCERO

Recibido el pleito a prueba , al no estimarse necesario por la Sala la celebración de vista pública, se acordó dar traslado a las partes para conclusiones escritas, cumplimentándose el mismo ambas partes que reiteraron las peticiones contenidas en sus escritos de demanda y contestación.

CUARTO

Se señaló para deliberación, votación y fallo del presente recurso el día y hora señalado en autos, en que efectivamente tuvo lugar, habiéndose observado las prescripciones legales y actuando como Magistrada Ponente la Ilma. Sra. D ª Inmaculada Montalbán Huertas, quien expresa el parecer de la Sala.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

El objeto del presente recurso lo constituye la impugnación de la Resolución de 23-06-97 - dictada por la Dirección General de Formación Profesional y Empleo de la Consejería de Trabajo e Industria de la Junta de Andalucía - desestimatoria del recurso ordinario interpuesto contra resolución de 19-02-97- dictada por el Delegado Provincial en Jaén en expediente de Formación Profesional Ocupacional número 23-03/93.J - por la que se requiere al Ayuntamiento hoy demandante para que reintegre la cantidad de 2.547.000 pts recibidas en concepto de subvención para el curso denominado "Carpintería de Taller", dirigido a personas en situación de desempleo y no realizado, más 541.237 pts en concepto de intereses de demora desde la fecha del pago de la subvención.

Hechos no controvertidos en el pleito, relevantes para la...

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