STSJ Cataluña , 10 de Octubre de 2003

PonenteJOSE JUANOLA SOLER
ECLIES:TSJCAT:2003:9946
Número de Recurso93/2001
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución10 de Octubre de 2003
EmisorSala de lo Contencioso

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CATALUÑA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO Sección Tercera Recurso nº 93/2001 S E N T E N C I A nº 735 Ilustrísimos Señores Magistrados:

D. José Juanola Soler D. Manuel Táboas Bentanachs D. Luis Maria Díaz Valcárcel Barcelona, a diez de octubre del año dos mil tres.

Visto por la Sección Tercera de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, el presente recurso contencioso administrativo, seguido entre partes: como parte demandante, D. Marco Antonio , representada por el/la procurador/a D/Dª ANGEL JOANIQUET TAMBURINI; como parte demandada, la Generalitat de Catalunya, representada y defendida por Letrado/a de la Generalitat; como parte/s codemandada/s, INSTITUT CATALA DEL SOL, representada por el/la procurador/a D/Dª FRANCISCO J. MANJARIN ALBERT, sobre urbanismo - planeamiento.

En la tramitación de los presentes autos se han observado las prescripciones legales, siendo Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. José Juanola Soler.

ANTECEDENTES DE HECHO
  1. - El presente recurso contencioso-administrativo se ha interpuesto contra Resolución del Conseller de Política Territorial i Obres Públiques de la Generalitat de 28-11-2000 por la que se estimó en parte el recurso de alzada formulado por D. Marco Antonio contra Acuerdo de la Comisión de Urbanismo de Tarragona de 24-3-1999 por el que se aprobó definitivamente el Plan Parcial de Ordenación El Pèlag, de El Vendrell, promovido por el INSTITUT CATALA DEL SOL. 2.- Por la representación procesal de la parte actora se interpuso el presente recurso contencioso administrativo, y admitido a trámite y recibido el expediente administrativo le fue entregado y dedujo escrito de demanda, en el que tras consignar los hechos y fundamentos de derecho que estimó de aplicación, terminó solicitando que se dictara Sentencia estimatoria de la demanda articulada.

  2. - Conferido traslado a la parte demandada, ésta contestó la demanda, en la que tras consignar los hechos y fundamentos de derecho que estimó de aplicación, solicitó la desestimación de las pretensiones de la parte actora. En similares términos evacuó/aron el trámite la/s parte/s codemandada/s.

  3. - Recibidos los autos a prueba, se practicaron las pertinentes con el resultado que obra en autos.

Se continuó el proceso por el trámite de conclusiones sucintas y, finalmente, se señaló día y hora para votación y fallo, que ha tenido lugar el día 8-10-2003.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

El presente recurso contencioso administrativo tiene por objeto la pretensión actora de que se anule la Resolución del Conseller de Política Territorial i Obres Públiques de la Generalitat de 28-11-2000 por la que se estimó en parte el recurso de alzada formulado por D. Marco Antonio contra Acuerdo de la Comisión de Urbanismo de Tarragona de 24-3-1999 por el que se aprobó definitivamente el Plan Parcial de Ordenación El Pèlag, de El Vendrell, promovido por el INSTITUT CATALA DEL SOL; y clasifiquen los terrenos de autos como asimilados a la clave 12.b, o en su defecto como suelo residencial pero con supresión de la zona comercial y se incluya en el plan parcial las ordenanzas reguladoras del terreno hoy clasificado como zona comercial.

SEGUNDO

La actora alega que la Resolución impugnada está viciada por vulnerar la prohibición de reformatio in pejus (art. 113 Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común), en base a que en el Plan Parcial se limitaron los usos para la clave 12b al de bodega, y al resolverse el recurso de alzada se deniega este uso y se califican los terrenos con clave 18a, residencial.

Al respecto se constata que en su escrito de recurso de alzada, el aquí demandante alegó que el inciso "el único...

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