STSJ Cataluña , 14 de Diciembre de 2001

PonenteLUIS MARIA DIAZ VALCARCEL
ECLIES:TSJCAT:2001:15873
Número de Recurso1059/1998
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución14 de Diciembre de 2001
EmisorSala de lo Contencioso

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CATALUÑA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCION TERCERA Recurso n° 1059/98 Partes: LLEIDATANA D´INVERSIONS, S.A. y 3 más C/ AYUNTAMIENTO DE BALAGUER SENTENCIA N°1249 Ilmos. Sres.

PRESIDENTE D. MANUEL QUIROGA VAZQUEZ MAGISTRADOS D. MANUEL TABOAS BENTANACHS D. LUÍS Mª DÍAZ VALCÁRCEL En la ciudad de Barcelona, a catorce de diciembre de dos mil uno. VISTO POR LA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CATALUÑA (SECCION TERCERA), constituida para la resolución de este recurso, ha pronunciado en el nombre del Rey, la siguiente sentencia en el recurso contencioso administrativo n°

1059/98, interpuesto por la entidad LLEIDATANA D´INVERSIONS, S.A., D. Evaristo , D. Bernardo y Dª.

Andrea , representados y defendidos por el letrado D. POMPILIO ROIGER BLANCH, contra EL AYUNTAMIENTO DE BALAGUER, representado por el Procurador D. ARTURO COT MONTSERRAT y defendido por el letrado D. JOSE LUIS RODRIGUEZ I ROS. Ha sido Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. LUÍS Mª DÍAZ VALCÁRCEL, quien expresa el parecer de la SALA.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El letrado citado, actuando en nombre y representación de la parte actora, interpuso recurso contencioso administrativo contra la Resolución del día 17 de febrero de 1998 por el Ayuntamiento de Balaguer en la que se desestima el recurso interpuesto contra las liquidaciones practicadas por el concepto de Contribuciones especiales de las fases I y II de la calle Barcelona.

SEGUNDO

Acordada la incoación de los presentes autos, se les dio el cauce procesal previsto por la Ley de esta Jurisdicción, habiendo despachado las partes, llegado su momento y por su orden, los trámites conferidos de demanda y contestación; en cuyos escritos respectivos en virtud de los hechos y fundamentos de derecho que constan en ellos, suplicaron respectivamente la anulación de los actos objeto del recurso y la desestimación de éste, en los términos que aparecen en los mismos.

TERCERO

Por auto de 30 de julio de 1999, la Sala acordó el recibimiento del pleito a prueba, solicitado por la parte actora, practicándose las que se propusieron y consideraron de aplicación. Se continuó el proceso por el trámite de conclusiones sucintas que las partes evacuaron y, finalmente se señaló día y hora para votación y Fallo que tuvo lugar el 11 de diciembre del año en curso.

CUARTO

En la sustanciación del presente procedimiento se han observado y cumplido las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

El presente recurso contencioso administrativo interpuesto a nombre de Lleidatana d´Inversions, S.A. y de Evaristo , Bernardo y Andrea tiene por objeto la pretensión anulatoria de la Resolución dictada el día 17 de febrero de 1998 por el Ayuntamiento de...

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