STSJ Cataluña , 1 de Marzo de 2001

PonenteFRANCISCO DIAZ FRAILE
ECLIES:TSJCAT:2001:2881
Número de Recurso63/2000
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución 1 de Marzo de 2001
EmisorSala de lo Contencioso

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CATALUÑA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCIÓN PRIMERA Rollo de apelación n° 63/00 Partes: Virginia C/ AYUNTAMIENTO DE BANYOLES SENTENCIA N°178 Ilmos. Sres.

PRESIDENTE D. FRANCISCO DÍAZ FRAILE MAGISTRADOS D. JUAN BERTRÁN CASTELLS Dª MERCEDES CASTILLO SOLSONA En la ciudad de Barcelona, a uno de marzo de dos mil uno. VISTO POR LA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CATALUÑA (SECCIÓN PRIMERA), constituida para la resolución de este recurso, ha pronunciado en el nombre del Rey, la siguiente sentencia en el rollo de apelación n° 63/00, interpuesto por Dª. Virginia , representada por la Procuradora Dª. Paloma García Martínez y defendida por Letrado, contra el AYUNTAMIENTO DE BANYOLES, representado por el Procurador D. Carles Arcas Hernández y defendido por el letrado D. Lluís Pau. Ha sido Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. FRANCISCO DÍAZ FRAILE, quien expresa el parecer de la SALA.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La sentencia apelada contiene la parte dispositiva del siguiente tenor:

PRIMER.- DESESTIMAR el recurs contenciós administratiu.

SEGON.- No fer pronunciament especial en matèria de costes.

SEGUNDO

Contra dicha sentencia, se interpuso recurso de apelación, siendo admitido en ambos efectos, por el Tribunal de Instancia, con remisión de las actuaciones a este Tribunal previo emplazamiento de las partes, personándose en tiempo y forma como apelante la Procuradora Dª. Paloma García Martínez, en nombre y representación de la actora Dª. Virginia y como parte apelada la representación procesal del

Ayuntamiento de Banyoles, Procurador D. Carles Arcas Hernández.

TERCERO

Desarrollada la apelación y habiéndose denegado el recibimiento a prueba solicitado por la parte apelante, finalmente, se señaló día y hora para votación y Fallo, que ha tenido lugar el día 22 de febrero del año en curso.

CUARTO

En la sustanciación del presente procedimiento se han observado y cumplido las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Se apela la sentencia n° 73/2000, de 28 de abril, dictada por el Juzgado n° 1 de este orden jurisdiccional de Girona, terminando el recurso de alzada con la súplica que es de ver en autos.

SEGUNDO

El recurso de apelación que ahora nos ocupa viene a ser en gran medida una reiteración de los motivos articulados en la demanda, ya contestados con acierto en la sentencia de primera instancia, cuyos...

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