STSJ Cataluña , 9 de Mayo de 2003

PonenteJUAN BERTRAN CASTELLS
ECLIES:TSJCAT:2003:5599
Número de Recurso165/2002
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución 9 de Mayo de 2003
EmisorSala de lo Contencioso

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CATALUÑA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCIÓN PRIMERA Rollo de apelación n° 165/02 Partes: Jose Manuel Y OTROS C/ AJUNTAMENT DE RUBÍ

SENTENCIA N° 652 Ilmos. Sres.

PRESIDENTE D. FRANCISCO DÍAZ FRAILE MAGISTRADOS D. JUAN BERTRÁN CASTELLS Dª MERCEDES CASTILLO SOLSONA En la ciudad de Barcelona, a nueve de mayo de dos mil tres.

VISTO POR LA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CATALUÑA (SECCIÓN PRIMERA), constituida para la resolución de este recurso, ha pronunciado en el nombre del Rey, la siguiente sentencia en el rollo de apelación n° 165/02, interpuesto por D. Jose Manuel , Dª. Rosa , D. Jesús Ángel , D. Juan Alberto , D. Pedro Enrique , D. Agustín , Dª. María Cristina , D. Augusto , D. Carlos , D. Darío , D. Esteban , D. Fidel , Dª. Asunción , D. Humberto , D. Javier , D. Lorenzo , D. Oscar Y D. Rosendo representado por el procurador D. ALFREDO MARTÍNEZ SÁNCHEZ, contra AJUNTAMENT DE RUBÍ, representado y asistido por el letrado D. JOSEP M. ROSÉS ALBIOL. Ha sido Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D. JUAN BERTRÁN CASTELLS, quien expresa el parecer de la SALA.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La sentencia apelada contiene la parte dispositiva del siguiente tenor:

Que debo DESESTIMAR Y DESESTIMO la demanda formulada por el Procurador D. ALFREDO MARTÍNEZ SÁNCHEZ, actuando en nombre y representación de Jose Manuel , Darío , Rosa , Esteban , Jesús Ángel , Fidel , Juan Alberto , Asunción , Pedro Enrique , Agustín , María Cristina , Oscar , Carlos Y Rosendo , contra la resolución de 5 de mayo de 2000 del Pleno del Ayuntamiento de Rubí, CONFIRMANDO ÍNTEGRAMENTE LA MISMA, todo ello sin hacer expresa imposición de costas a ninguna de las partes.

Notifíquese la presente sentencia a las partes, advirtiéndoles que contra la misma cabe interponer recurso de apelación en el plazo de quince días a contar desde el siguiente al de su notificación, que se presentará en este Juzgado, para ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia, mediante escrito que deberá contener las alegaciones en las que se fundamente el recurso.

SEGUNDO

Contra dicha sentencia, se interpuso recurso de apelación, siendo admitido en ambos efectos, por el Tribunal de Instancia, con remisión de las actuaciones a este Tribunal previo emplazamiento de las partes, personándose en tiempo y forma como apelante D. Jose Manuel , Dª Rosa , D. Jesús Ángel , D. Juan Alberto , D. Pedro Enrique , D. Agustín , Dª María Cristina , D. Augusto , D. Carlos , D. Darío , D. Esteban , D. Fidel , Dª. Asunción , D. Humberto...

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