STSJ Galicia , 31 de Enero de 2001

PonenteJUAN BAUTISTA QUINTAS RODRIGUEZ
ECLIES:TSJGAL:2001:793
Número de Recurso8719/2000
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución31 de Enero de 2001
EmisorSala de lo Contencioso

RECURSO NUMERO: 03 /0008719 /2000 RECURRENTE: Isidro y Esteban ADMON. DEMANDADA: EXCMO. AYUNTAMIENTO DE OURENSE PONENTE: D/ña. JUAN BAUTISTA QUINTAS RODRIGUEZ EN NOMBRE DEL REY La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia (Sección Tercera) ha pronunciado la SENTENCIA NUMERO 83/2001 Iltmos. Sres:

D. FRANCISCO JAVIER AMORIN VIEITEZ, Presidente D. JUAN BAUTISTA QUINTAS RODRIGUEZ Dª. MARGARITA PAZOS PITA En la Ciudad de A Coruña, treinta y uno de enero de dos Mil uno. En el proceso contencioso-administrativo que, con el número 03 /0008719 /2000, pende de resolución ante esta Sala, interpuesto por Isidro , domiciliado en c/ DIRECCION000 NUM000 (Ourense) y Esteban , domiciliado en c/ DIRECCION000 NUM000 (Ourense), representado por D/ña. JOSE ANGEL CORTIÑAS FARIÑA y dirigido por el Letrado D/ña. FERNANDO LUIS OTERO MARQUINA, contra Acuerdo de 16 -1 -97 relativo al expediente de expropiación forzosa de los terrenos necesarios para ejecutar el proyecto de Urbanización de la calle Rio Barra-As Eiroas, Expte. 749.. No comparece la Administración demandada EXCMO. AYUNTAMIENTO DE OURENSE. La cuantía del asunto es indeterminada Siendo Ponente el Ilmo. Sr. D/ña. JUAN BAUTISTA QUINTAS RODRIGUEZ

ANTECEDENTES DE HECHO
  1. - Admitido a trámite el recurso contencioso-administrativo presentado, se practicaron las diligencias oportunas y dado traslado de los autos a la parte actora para que se dedujera la demanda lo realizó por medio de escrito en el que, tras exponer los hechos y fundamentos de derecho que estimó pertinentes, suplicó se dictase sentencia declarando no ajustada a Derecho la resolución recurrida.

  2. - No habiendo comparecido la Administración demandada, se tuvo por decaída en el presente procedimiento continuándose su tramitación sin más citarle ni oírle, por proveído de fecha 19 de mayo de

    1997.

  3. - No habiéndose recibido el asunto a prueba, y seguido el trámite de conclusiones, se señaló para votación y Fallo el día 23 de enero de 2001, fecha en que tuvo lugar.

  4. - En la sustanción del recurso se han observado las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
  1. - Para la adecuada resolución del recurso, ha de partirse de los siguientes antecedentes:

    - Con motivo de las obras de "Urbanización de la Rua Barra, Eiroas", el Ayuntamiento de Ourense expropió a los recurrentes sendas parcelas de una superficie de 31,20 y 28,40 m2 de superficie.

    - Con fecha 23 de marzo de 1.995, les fue notificado acuerdo del Pleno ofreciéndoles la cantidad de 648.230 ptas por los bienes y derechos expropiados.

    - Dicha cantidad fue rechazada, presentando con el escrito correspondiente hoja de aprecio.

    - Contra acuerdo del 13 de octubre de 1995 desestimatorio de reclamación sobre expediente de expropiación de los terrenos necesarios para la ejecución del proyecto de las obras de referencia se presentó recurso por los mismos recurrentes ante este Organo Jurisdiccional y Sección, que se sustanció con el num. 7048/96 en el que recayó sentencia estimatoria el 15 de diciembre de 1998 en la que se acordó elevar las actuaciones del JPEF de Ourense a los efectos de fijar el justiprecio de los terrenos afectados de conformidad con el TRLS 1/92, retrotrayéndose las actuaciones a la fecha de valoraciones aportadas por las partes.

    - Por acuerdo, -que ahora se recurre-, de la Comisión Municipal de Gobierno en sesión celebrada el 16 de enero de 1997 se aprobaron las liquidaciones provisionales, resultado de la compensación realizada entre los conceptos de pago de expropiación y abono de contribuciones especiales de los expedientes resultantes del meritado proyecto y que toda vez que existe saldo favorable para determinados interesados -entre ellos los aquí recurrentes- se extiende el mandamiento de pago en valor de: 1. - Finca A. Nombre:

    Plácido , saldo a abonar: 12.374 ptas; 2. - Finca B. Nombre: Pindo y Luques S. L., saldo a abonar:

    2.008.196 ptas y 3. - Finca C. Nombre: Esteban . Saldo a abonar: 3.140.201 ptas.

    - Se ha fijado como día de pago el 19 de enero de 1997, hora 10 y lugar Salón de Sesiones de la Casa Consistorial. Fecha de ocupación de la finca, realizado o consignado el paga, el día 20 de febrero de 1997.

    - Con fecha 27 -1 -97, eje notificó a la parte recurrente -de forma defectuosa, según alega- las contribuciones especiales sobre dos pequeñas parcelas asignándosele la suma de 1.423.195 ptas.

    - Contra dicho acuerdo plantean el presente recurso contencioso-administrativo, con fundamento en la falta de motivación del acto...

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