STSJ Comunidad de Madrid , 22 de Diciembre de 2000

PonenteJUAN FRANCISCO LOPEZ DE HONTANAR SANCHEZ
ECLIES:TSJM:2000:15752
Número de Recurso3297/1996
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución22 de Diciembre de 2000
EmisorSala de lo Contencioso

RECURSO N° 3297/96 SENTENCIA N° 1185 TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO SECCIÓN SEGUNDA Ilustrísimos Señores:

Presidente:

Don José Félix Méndez Canseco Magistrados:

Doña Francisca María Rosas Carrión Don Juan Francisco López de Hontanar Sánchez.

Doña Elvira Adoración Rodríguez Martí

En la Villa de Madrid a veintidós de Diciembre del año dos mil. Vistos por la Sala, constituida por los señores del margen, de este Tribunal Superior de Justicia de Madrid, los autos del recurso contencioso- administrativo número 3.297 de 1.997, interpuesto por la entidad mercantil "Limpiezas Xendra S. L. », con domicilio social en Madrid representada por el Procurador Don Ramiro Reynolds de Miguel contra el acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de Madrid de fecha 27 de Septiembre de 1.996, por el que se acuerda la rescisión de los contratos e limpieza de los colegios públicos Municipales de los Distritos de Latina, Carabanchel, Ciudad Lineal, Usera y Villaverde, adjudicados en su día a la entidad mercantil "Limpiezas Xendra S.L.». Ha sido parte el Ayuntamiento de Madrid representado por la Procuradora Doña Cayetana de Zulueta Luchsinger.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Que previos los oportunos trámites, la parte recurrente formalizó demanda el día 31 de Julio de 1.998 en la que tras exponer los hechos y fundamentos de Derecho que estimó pertinentes, terminó suplicando Sentencia por la que: 1°) Se declarar nula y sin efecto el acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de Madrid de fecha 27 de Septiembre de 1.996, por el que se rescinden los contratos e limpieza de los colegios públicos Municipales de los Distritos de Latina, Carabanchel, Ciudad Lineal, Usera y Villaverde, adjudicados en su día a la entidad mercantil "Limpiezas Xendra S.L.» adjudicados en 1.991 y con vigencia hasta 1.993.

  1. ) Consecuentemente con dicha nulidad y ante la imposibilidad de reponer en toda su vigencia dichos contratos, hasta su finalización en 1.993, se acordara indemnizar por los daños y perjuicios sufridos por "Limpiezas Xendra S.L.", con arreglo a las bases que a tal efecto estableciera el Tribunal y a determinarse y liquidarse en periodo de ejecución de Sentencia y 3°) Imponer las costas al Ayuntamiento.

SEGUNDO

Que asimismo se confirió traslado a la Procuradora Doña Cayetana de Zulueta Luchsinger para que en representación del Ayuntamiento de Madrid presentara escrito de contestación a la demanda, lo que se verificó por escrito de fecha 16 de Abril de 1999, en que tras exponer los hechos y fundamentos de derecho que consideró pertinentes, la parte terminó suplicando el mantenimiento de la actuación administrativa recurrida.

TERCERO

Por auto de 20 de Julio de 1.999 se acordó recibir el recurso a prueba por término de treinta días, practicándose la admitida con el resultado que obra en las actuaciones.

CUARTO

Que, no estimándose necesaria la celebración de vista pública se concedió a las partes el término de quince días para concluir por escrito, lo que consta realizado señalándose para la deliberación, votación y Fallo del presente recurso el día 12 de Diciembre 2.000 a las 10,00 horas de su mañana en que tuvo lugar.

VISTOS.- Siendo Magistrado Ponente el Ilustrísimo Señor Don Juan Francisco López de Hontanar Sánchez.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

La representación de la entidad mercantil "Limpiezas Xendra S.L." interpone recurso contencioso administrativo contra el acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de Madrid de fecha 27 de Septiembre de 1.996, por el que se acuerda la rescisión de los contratos e limpieza de los colegios públicos Municipales de los Distritos de Latina, Carabanchel, Ciudad Lineal, Usera y Villaverde, adjudicados en su día a la entidad mercantil "Limpiezas Xendra S.L.".

SEGUNDO

Ha de señalarse que el presente acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de Madrid, se dictó como consecuencia de la sentencia dictada por este Tribunal el día 21 de Enero de 1.996 , que anuló el anterior acuerdo plenario del Ayuntamiento de fecha 26 de febrero de 1.993, dictado con idéntico contenido ordenando retrotraer el expediente administrativo para que singularmente la audiencia del interesado e dictara la resolución que procediera. El Ayuntamiento de Madrid acordó el 28 de Abril de 1.996 oír al contratista la entidad mercantil "Limpiezas Xendra S.L. y tras dicho trámite y recibidos informes de las Juntas Municipales de los Distritos de Latina, Carabanchel, Ciudad Lineal, Usera y Villaverde, así como de la intervención del Ayuntamiento de Madrid, del Consejero de la Primera tenencia de Alcaldía, antes Jefe del Departamento central de coordinación se dictó el acto administrativo hoy recurrido.

TERCERO

Los términos del debate se plantean en...

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