STSJ Comunidad de Madrid , 16 de Enero de 2004

PonenteMIGUEL ANGEL GARCIA ALONSO
ECLIES:TSJM:2004:345
Número de Recurso3472/1997
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución16 de Enero de 2004
EmisorSala de lo Contencioso

T.S.J.MADRID CON/AD SEC.2 MADRID SENTENCIA: 00134/2004 RECURSO Nº 3472/97 SENTENCIA Nº 134 TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO SECCIÓN SEGUNDA Ilustrísimos Señores:

Presidente:

D. Javier Eugenio López Candela Magistrados:

Dª Elvira Adoración Rodríguez Martí

D. Juan Fco López de Hontanar Sánchez D. Migue Angel García Alonso D. Francisco Javier Canabal Conejos D. Enrique Calderón de la Iglesia En la Villa de Madrid a dieciséis de enero de dos mil cuatro.

Vistos por la Sala, constituida por los señores del margen, de este Tribunal Superior de Justicia de Madrid, los autos del recurso Contencioso- Administrativo número 3472/97 interpuesto por Jesús representada y asistida por Proc. Jose Antonio Pérez Martínez contra la resolución de 5 de junio de 1997 dictada por el Alcalde del Ayuntamiento de El Alamo que establece reconocer la existencia de una obligación pendiente de pago, procedente del contrato administrativo de servicios de recaudación entre los meses de Agosto de 1995 a Septiembre de 1996, ambos inclusive, pero expresando que "mientras que por la Sección de Fiscalización del Departamento de Corporaciones Locales, del Tribunal de Cuentas, no se emita el informe solicitado por este Ayuntamiento, no es posible cifrar la deuda y no se puede proceder a su liquidación". Siendo parte demandada el Ayuntamiento de El Alamo representada por el Proc. Susana García Abascal.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Que previos los oportunos trámites, la parte recurrente formalizó demanda por escrito de fecha 12 de marzo de 2001, en la que tras exponer los hechos y fundamentos de Derecho que estimó pertinentes, terminó suplicando el recibimiento a prueba y Sentencia estimatoria del recurso interpuesto y las declaraciones correspondientes en relación con la actuación administrativa impugnada, anulando el acto administrativo recurrido.

SEGUNDO

Que asimismo se confirió traslado al Procurador de la parte demanda, para contestación a la demanda, en que tras exponer los hechos y fundamentos de derecho que consideró pertinentes, la parte terminó suplicando el mantenimiento de la actuación administrativa recurrida.

TERCERO

Practicada la prueba propuesta y evacuado el trámite de conclusiones prevenido por la Ley, quedaron las actuaciones pendientes de señalamiento.

CUARTO

No estimándose necesaria la celebración de vista pública se concedió a las partes el término de quince días para concluir por escrito, lo que consta realizado señalándose para la deliberación, votación y fallo el día 30 de septiembre de 2003 a las 10:00 horas de su mañana. Con suspensión del señalamiento se acordó por la Sala diligencia para mejor proveer con el resultado que consta en autos.

QUINTO

Siendo Magistrado Ponente el Ilustrísimo Señor Don Migue Angel García Alonso.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Con fecha 26 de mayo de 1981, fue nombrado por acuerdo del Ayuntamiento del Pleno de El Alamo, Don Jesús como Recaudador en períodos voluntario y ejecutivo del referido Ayuntamiento y tomó posesión del mismo según Decreto de 9 de septiembre de 1981 . Don Jesús se encargó del desempeño de las referidas funciones como Recaudador para el Ayuntamiento de El Alamo desde el año 1981 hasta el mes de septiembre de 1996.

El recurrente solicita el pago del importe...

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