STSJ Asturias , 27 de Febrero de 2001

PonenteEDUARDO GOTA LOSADA
ECLIES:TSJAS:2001:995
Número de Recurso2362/1997
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución27 de Febrero de 2001
EmisorSala de lo Contencioso

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA Sala de lo Contencioso-Administrativo Sección 1 OVIEDO 55820 PLAZA PORLIER, S/N Número de Identificación único: 33000 3 0100348/2001 Procedimiento: PROCEDIMIENTO ORDINARIO 2362/1997 Sobre ADMINISTRACION DEL ESTADO De D/ña. UNIÓN DE COMERCIANTES DE GIJÓN Procurador/a Sr./a. ISABEL ALDECOA ALVAREZ Contra D/ña. TESORERIA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL Procuradora: Dª. María Victoria Argüelles-Landeta Fernández SENTENCIA n° 170 Ilmos. Sres. Presidente:

Dª. María José Margareto García Magistrados:

D. Francisco Salto Villén D. Eduardo Gota Losada En Oviedo, a veintisiete de febrero de dos mil uno. La Sección Primera de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia del Principado de Asturias, compuesta por los Ilmos. Sres. Magistrados reseñados al margen, ha pronunciado la siguiente sentencia en el recurso contencioso administrativo número 2362 de 1997, interpuesto por la UNIÓN DE COMERCIANTES DE GIJÓN, representada por la Procuradora Dª. Isabel Aldecoa Alvarez y dirigida por la Letrada Dª. Carmen Moreno Llaneza, contra la TESORERÍA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, representada por la Procuradora Dª. María Victoria Argüelles-Landeta Fernández y dirigida por el

Letrado D. Ignacio Pastor Merino, versando el recurso sobre resolución de fecha 21 de agosto de 1997, desestimatoria del recurso ordinario formulado contra Actas de Liquidación de Cuotas del Régimen General de la Seguridad Social, números 615, 616, 617, 618, 619 y 620/97, con una cuantía total de 2.661.525 pesetas. Siendo Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D. Eduardo Gota Losada.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Interpuesto el presente recurso, una vez publicado el anuncio preceptivo en el BOE de la Provincia y recibido el expediente administrativo se confirió traslado al recurrente para que formalizase la demanda, lo que efectuó en legal forma, en el que hizo una relación de Hechos, que en lo sustancial se dan por reproducidos. Expuso en Derecho lo que estimó pertinente y terminó suplicando que, en su día se dicte sentencia, en la que se proceda a anular la resolución dictada por la Dirección Provincial de Asturias y modificar el contenido de las actas de la Inspección de Trabajo número 617, 618, 619 y 629 modificando las bases de cotización por otras equivalentes al 85% de las que se han hecho constar y se calcule nuevamente la cantidad a abonar, en el sentido explicado en este demanda. A medio de otrosí, solicitó el recibimiento del recurso a prueba.

SEGUNDO

Conferido traslado a la parte demandada para que contestase la demanda, lo hizo en tiempo y forma, alegando: Se niegan los hechos de la demanda, en cuanto se opongan, contradigan o no coincidan con lo que resulta del expediente administrativo. Expuso en Derecho lo que estimó pertinente y terminó suplicando que previos los trámites legales se dicte en su día sentencia, por la que desestimando el recurso se confirme el acto administrativo recurrido, con imposición de...

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