STSJ Asturias , 5 de Diciembre de 2000

PonenteJULIO LUIS GALLEGO OTERO
ECLIES:TSJAS:2000:4794
Número de Recurso1536/1998
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución 5 de Diciembre de 2000
EmisorSala de lo Contencioso

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ASTURIAS SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCION SEGUNDA RECURSO: 1.536/98 RECURRENTE: D. Luis Pedro PROCURADORA Dª. ASUNCION FERNANDEZ URBINA RECURRIDO: UNIVERSIDAD DE OVIEDO PROCURADORA Dª. LAURA FERNANDEZ-MIJARES SANCHEZ CODEMANDADO: D. Benito PROCURADORA Dª. JOSEFINA ALONSO ARGÜELLES SENTENCIA NÚM. 1.428/2000 ILMO. SR. PRESIDENTE D. LUIS QUEROL CARCELLER ILMOS. SRES. MAGISTRADOS D. ANTONIO ROBLEDO PEÑA D. JULIO LUIS GALLEGO OTERO En OVIEDO, a cinco de diciembre de dos mil. Vistos por la Sala, constituida por los Ilmos. Sres. Magistrados relacionados al margen, los autos del recurso contencioso-administrativo número 1.536 del año 1998, seguido por los trámites que en materia de personal se establecían en los arts. 113 y s.s. de la Ley reguladora de esta Jurisdicción de 1956 , vigente a la fecha de interposición del recurso, interpuesto por la Procuradora de los Tribunales Dª. Asunción Fernández Urbina, en nombre y representación de D. Luis Pedro , vecino de Vega de Sariego, Sariego, y con la dirección del Letrado D. Viliulfo A. Díaz Pérez; contra la resolución de la Junta de Gobierno de la Universidad de Oviedo, de fecha 21 de abril de 1998, por la que se estima la reclamación presentada por D. Benito impugnando el concurso para la provisión de una plaza de Profesor Asociado del Area de Proyectos de Ingeniería, con perfil Proyectos de Ingeniería Informática (plaza NUM000), del Departamento de Explotación y Prospección de Minas, inicialmente adjudicada al recurrente. En apoyo de sus pretensiones solicitaba la suspensión de la ejecución del acto administrativo impugnado, que fue denegada por Auto de 23 de junio de 1998 . Ha sido parte la UNIVERSIDAD DE OVIEDO, representa por la Procuradora de los

Tribunales Dª. Laura Fernández-Mijares Sánchez, y con la dirección del Letrado Gerardo Turiel. Y codemandado D. Benito , representado por la Procuradora de los Tribunales Dª. Josefina Alonso Argüelles, y con la dirección del Letrado D. Pablo Herrero Lombardía.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Admitido el recurso y previos los oportunos trámites procedimentales, se confirió traslado a la parte actora para que, en el término de quince días formalizara la demanda, lo que llevó a efecto mediante el pertinente escrito de fecha S de febrero de 1999, en el que, tras exponer los hechos y fundamentos de derecho que estimó oportunos, terminó solicitando que se dicte sentencia, por la que con estimación del recurso interpuesto:

a)Se anulen las resoluciones de la Junta de Gobierno de la Universidad de Oviedo de 10 de diciembre de 1997 y de 21 de abril de 1998, resolviendo, en su caso, el contrato administrativo firmado por D. Benito en cuya virtud ocupa la citada plaza de profesor asociado.

b)Se conceda el derecho de don Luis Pedro a retornar a la plaza de profesor asociado del Area de Proyectos de Ingeniería del Departamento de Explotación y Prospección de Minas sacada a concurso por la Universidad de Oviedo el 29 de julio de 1997, reconociéndole el derecho a que se le compute como tiempo de antigüedad como profesor asociado en el Area de Proyectos de Ingeniería del Departamento de Explotación y Prospección de Minas el que medie entre la fecha en que firmó el contrato administrativo de colaboración temporal (9 de octubre de 1997) y el día en que vuelva a ocupar la plaza de profesor asociado, o el día de la terminación del contrato si esta se hubiese producido, y todo ello con indemnización de todos los daños y perjuicios causados.

Por medio de otrosí solicitó el recibimiento del recurso a prueba.

SEGUNDO

Formalizada la demanda se dio traslado de la misma a la parte demandada para que la contestara en el plazo de quince días, lo que realizó, alegando los hechos y fundamentos jurídicos que estimó pertinentes, solicitando se dicte sentencia por la que desestimando la demanda se declare no haber lugar a las pretensiones de la actora por ser el acto administrativo recurrido, de la Universidad de Oviedo, conforme a Derecho; con imposición de costas a la parte recurrente.

Por medio de otrosí solicitó el recibimiento del recurso a prueba.

En parecidos términos se manifestó el codemandado Sr. Benito en su contestación a la demanda, suplicando se dicte en su día sentencia por la que desestimando el recurso declare ajustada a derecho la resolución recurrida, con expresa imposición de costas a la recurrente.

Por medio de otrosí solicitó el recibimiento del recurso a prueba.

TERCERO

Recibido el recurso a prueba, se practicaron las propuestas por las partes y admitidas con el resultado que obra en autos.

CUARTO

Se señaló para la votación y Fallo del presente recurso el día treinta de noviembre pasado, en que tuvo lugar dicho acto.

Siendo Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. JULIO LUIS GALLEGO OTERO.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

La parte recurrente interpone recurso contencioso- administrativo contra la resolución de la Junta de Gobierno de la Universidad de Oviedo, de fecha 21 de abril de 1.998, que estima la reclamación interpuesta por Don Benito contra la propuesta de la Comisión de Selección que juzgó el concurso para la provisión de una plaza de profesor asociado del Area de Conocimiento de Proyectos de Ingeniería(plaza NUM000 : Proyectos de Ingeniería Informática).

Con la demanda anterior pretende:

  1. Se anulen las resoluciones de la Junta de Gobierno de la Universidad de Oviedo de 10 diciembre 1998, resolviendo, en su caso, el contrato administrativo firmado por Don Benito en cuya virtud ocupa la plaza de profesor asociado.

  2. Se conceda el derecho de Don Luis Pedro a retornar a la plaza de profesor asociado del Area de Proyectos de Ingeniería del Departamento de Explotación y Prospección de Minas sacada a concurso por la

Universidad de Oviedo el 29 de julio de 1997, reconociéndole el derecho a que se le compute como tiempo de antigüedad como profesor asociado en el Area de Proyectos de Ingeniería del Departamento de Explotación y Prospección de Minas el que medie entre la fecha en que firmó el contrato de colaboración temporal (9 de octubre de 1997) y el día en que vuelva a ocupar la plaza de profesor asociado, o el día de la terminación del contrato si esta se hubiese producido, y todo ello con indemnización de todos los daños y perjuicios causados.

Estimación de efectos con fundamento en los motivos siguientes: 1) El recurso ordinario...

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