STSJ Galicia , 19 de Junio de 2002

PonenteBENIGNO LOPEZ GONZALEZ
ECLIES:TSJGAL:2002:4402
Número de Recurso807/2001
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución19 de Junio de 2002
EmisorSala de lo Contencioso

01 /0000807 /2001 SECCION PRIMERA EN NOMBRE DEL REY La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, ha pronunciado la siguiente:

S E N T E N C I A Nº 10892002 SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO Ilmos. Sres.

D. GONZALO DE LA HUERGA FIDALGO. PTE. D. BENIGNO LOPEZ GONZÁLEZ.

D. FERNANDO SEOANE PESQUEIRA.

En la Ciudad sede de este Tribunal, a diecinueve de junio de dos mil dos. En el proceso contencioso-administrativo que con el número 01 /0000807 /2001 pende de resolución de esta Sala, interpuesto por COLEGIO INGENIEROS CAMINOS, CANALES Y PUERTOS, representado por el procurador D. LUIS FERNÁNDEZ AYALA MARTINEZ y dirigido por la Abogada Dña. Mª TERESA LOPEZ VILASECO, contra Resolución de la Secretaria General para el Deporte de fecha 24.04.01 desestimatoria de reposición contra otra de 12.03.01 (DOGA 16.3.01) sobre convocatoria licitación Contrato (Arquitecto Superior) construcción polideportivo en Ribadeo y 2 más. Es parte como demandada LA ADMINISTRACION AUTONOMICA, representada por el Procurador D/ña... y dirigida por el LETRADO DE LA XUNTA DE GALICIA; siendo la cuantía del recurso la de INDETERMIANDA.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Admitido a trámite el recurso contencioso administrativo presentado, se practicaron las diligencias oportunas y se mandó que por la parte recurrente se dedujera demanda, lo que se realizó a medio de escrito en el que en síntesis contiene los siguientes HECHOS: En virtud de resolución de la Consellería de Presidencia y Administración Pública de fecha 12 de marzo de 2001, se convoca licitación de Contrato Administrativo de Consultoría y Asistencia, que tiene por objeto la redacción del proyecto Técnico Básico, de Ejecución y Estudio de Seguridad y Dirección de obra en calidad de Arquitecto Superior, para la construcción de una Pabellón Polideportivo en Ribadeo-Lugo y dos más. Dicha Resolución fue expresamente impugnada, resolviéndose su desestimación por resolución de 24 de abril de 2001.- Invoca los fundamentos de derecho que estima procedentes, y suplica que se dicte sentencia anulando la convocatoria pública aprobada por la resolución que se recurre, al discriminar y no incluir en la misma a todos los Técnicos competente, entre los que se encuentran los ingenieron de Caminos, Canales y Puertos, restringiéndose únicamente su participación a Técnicos Arquitectos Superiores, declarando, por tal motivo su nulidad, con costas a la Administración demandada.

SEGUNDO

Conferido traslado de la demanda al LETRADO DE LA XUNTA, evacuó dicho traslado a medio de escrito de oposición, con los hechos y fundamentos de derecho que estimó procedentes y suplicando se dictase sentencia desestimando el recurso.

TERCERO

Declarado concluso el debate escrito se dejan las actuaciones sobre la mesa para resolver.

CUARTO

Que en la sustanciación del presente recurso se han...

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