STSJ Cataluña , 28 de Julio de 2004

PonenteRAMONA GUITART GUIXER
ECLIES:TSJCAT:2004:9332
Número de Recurso480/1999
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución28 de Julio de 2004
EmisorSala de lo Contencioso

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CATALUÑA Sala de lo Contencioso-Administrativo Sección 4ª

Recurso nº 480/1999 SENTENCIA Nº 873 /2004 ILMOS. SRES.

PRESIDENTE:

D. Eduardo Barrachina Juan MAGISTRADOS:

D. Eduardo Hinojosa Martínez Dña. Ramona Guitart Guixer En la ciudad de Barcelona, a 28 de julio de dos mil cuatro.

Visto por la Sección Cuarta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, el recurso contencioso-administrativo número 480/1999, en el que son parte, de una como recurrente, la entidad Velluts, S.A., representada por la Procuradora de los Tribunales Dña. María Teresa Aznarez Domingo, y por la parte demandada, la Administración de la Generalidad de Cataluña, representada y defendida por el Letrado de Generalidad, en relación con resolución de 3 de marzo de 1999, desestimatoria de la reclamación número 114/1996, interpuesta frente la liquidación girada en concepto de incremento de tarifa de saneamiento.

ANTECEDENTES DE HECHO
Primero

Por la referida representación se presentó escrito interponiendo recurso contencioso- administrativo contra la resolución mencionada, de 3 de marzo de 1999, de la Junta Superior de Finanzas de la Generalidad de Cataluña, que desestimó la reclamación interpuesta frente a la liquidación girada en concepto de incremento de tarifa de saneamiento correspondiente al ejercicio 1994 por importe de 5.837.024 ptas.

Segundo

Teniendo por interpuesto el recurso, se acordó su tramitación conforme a las normas establecidas para el procedimiento en primera o única instancia en el Capítulo I del Título IV de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa , habiéndose presentado en tiempo y forma la demanda y su contestación, y una vez acordado el recibimiento del pleito a prueba y practicada toda la que declarada pertinente pudo cumplimentarse dentro del período probatorio, las partes formularon sus escritos de conclusiones, quedando las actuaciones pendientes de señalamiento para votación y fallo, que ha tenido lugar en el día fijado al efecto.

VISTOS los preceptos legales citados por las partes, concordantes y de general aplicación.

Siendo Ponente la Magistrada Ilma. Sra. Dña. Ramona Guitart Guixer.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero

Es objeto del presente recurso contencioso-administrativo la resolución de la Junta Superior de Finances de 3 de marzo de 1999, recaída en la reclamación nº 114/96 deducida contra la liquidación en concepto de incremento de tarifa de saneamiento correspondiente a los ejercicios 1994 por un importe de 5.837.024 ptas.

Segundo

A los efectos de resolución del presente recurso merecen destacarse los siguientes hechos:

En fecha 7 de septiembre de 1993 la empresa Velluts, S.A. presentó declaración de carga contaminante a los efectos de determinar el incremento de tarifa de saneamiento/canon de saneamiento en la que no figuraban los datos relativos a la citada carga contaminante a los efectos de determinar el tipo aplicable.

Mediante escrito de fecha 27 de diciembre de 1993 se comunicó a la empresa Velluts, S.A. el informe elaborado por la Junta de Saneamiento para determinar el tipo aplicable al incremento de tarifa de saneamiento a partir del 4º trimestre de 1993, y se le otorgó un plazo de 10 días para formular las alegaciones pertinentes.

En fecha 21 de enero de 1994 la empresa presentó una nueva declaración de carga contaminante en la que incluía los datos de la carga necesarios para establecer el tipo aplicable.

Mediante resolución de 24 de febrero de 1994 la Junta de Sanejament acuerda aplicar el incremento de tarifa de saneamiento a la entidad Velluts, S.A., según el sistema de "Estimación indirecta" en base a los datos del establecimiento del sector a partir del 4º trimestre (fijando un tipo de 77,49 ptas./m3). Interpone la empresa recurso de reposición el cual fue desestimado por resolución de 26 de abril de 1994.

En fecha 18 de abril de 1994, se acuerda aplicar el incremento de tarifa/canon de saneamiento en base a los datos de la declaración de carga contaminante vertida presentada en fecha 21 de enero del mismo año, a partir del 2º trimestre de 1994, (con un tipo 45,28 ptas/m3).

En fecha 25 de septiembre de 1996 la Junta de Sanejament gira la liquidación núm. 000978/96 en concepto de recibos impagados de incremento de tarifa de saneamiento del periodo que abarca el 4º

trimestre del ejercicio 1993 y el 1º trimestre ejercicio 1994 por un importe de 5.837.024 ptas.

Contra dicha liquidación interpuso la actora reclamación económico-administrativa alegando en síntesis que la declaración de carga contaminante vertida de 21 de enero de 1994 había de retrotraer sus efectos a partir del 3º trimestre de 1993 dado que se trata de una declaración complementaria de la presentada en 7 de septiembre de 1993.

En fecha 3 de marzo de 1999 el TEARC dicta resolución desestimatoria frente a la que se interpone el presente recurso contencioso-administrativo.

Tercero

Invoca la actora en su escrito de demanda la nulidad de la resolución impugnada por no ser ajustada a Derecho, en base a un único motivo impugnatorio referido a considerar la declaración de carga contaminante presentada en fecha 21 de...

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