STSJ Cataluña , 22 de Diciembre de 2001
Ponente | FRANCISCO LOPEZ VAZQUEZ |
ECLI | ES:TSJCAT:2001:16349 |
Número de Recurso | 2100/1998 |
Procedimiento | CONTENCIOSO |
Fecha de Resolución | 22 de Diciembre de 2001 |
Emisor | Sala de lo Contencioso |
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CATALUÑA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO Sección Tercera Recurso n° 2.100 de 1.998 Partes: D. Jose Augusto , administrador de " CANTERA000 " contra el Ayuntamiento de Granollers SENTENCIA Nº 1.285 Ilmos. Sres.
Magistrados José Juanola Soler Manuel Táboas Bentanachs Francisco López Vázquez En la ciudad de Barcelona, a veintidós de diciembre del dos mil uno. La Sección Tercera de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, constituida al efecto para la votación y Fallo, ha visto, en el nombre de Su Majestad el Rey, el recurso contencioso administrativo seguido ante la misma con el número de referencia, promovido a instancia de D. Jose Augusto , administrador de " CANTERA000 ", representado y defendido por el Letrado Sr. Domenech Forns, contra el Ayuntamiento de Granollers, representado y defendido por el Letrado Sr. Ochoa Vaca, en relación con liquidación tributaria, siendo la cuantía del recurso inferior a 3.000.000 pesetas, y atendiendo a los siguientes
Por la representación procesal de la parte actora se interpuso el presente recurso contencioso administrativo, publicándose el pertinente anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia y, recibido el expediente administrativo, le fue entregado para que dedujese escrito de demanda, donde, tras consignar los hechos y fundamentos jurídicos que estimó de aplicación, solicitó se dictase sentencia estimatoria de las pretensiones en ella deducidas.
Conferido traslado a la parte demandada, contestó la demanda, consignando los hechos y fundamentos de derecho que entendio aplicables, solicitando la desestimación de las pretensiones de la parte actora.
Recibidos los autos a prueba, fueron practicadas las consideradas pertinentes de entre las propuestas, con el resultado que es de ver en autos, continuando el proceso sus trámites, hasta finalizar con el de conclusiones, donde las partes presentaron sucintas alegaciones en defensa de sus pretensiones respectivas, quedando el pleito concluso para sentencia y señalándose finalmente el momento de la votación y fallo, que ha tenido lugar el día 21 de diciembre del 2.001.
Ha sido ponente el Ilmo. Sr. Francisco López Vázquez, quien expresa el parecer del Tribunal.
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