STSJ Comunidad de Madrid , 19 de Julio de 2002

PonenteALFONSO SABAN GODOY
ECLIES:TSJM:2002:10359
Número de Recurso2133/1998
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución19 de Julio de 2002
EmisorSala de lo Contencioso

.Proc. Sr. Vázquez Guillén Proc. Sra. Prieto Medina TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO Sección de Apoyo Núm. 2 RECURSO N° 2133/1998 Y ACUMULADO 2136/98 (SECCIÓN CUARTA)

PONENTE Sr. Alfonso Sabán Godoy SENTENCIA N° 767 Magistrados Ilmos. Sres.

D. José I. Parada Vázquez D. José Ignacio Zarzalejos Burguillo D. Alfonso Sabán Godoy D. José Alberto Gallego Laguna D. Santos de Gandarillas Martos En Madrid a diecinueve de julio de dos mil dos. Visto por la Sala del margen el recurso n° 2133 de 1998 y acumulado 2136/98 interpuestos por el Procurador Sr. Vázquez Guillén en representación de ARQUITECTURA, INGENIERÍA Y SERVICIOS SA. (AISER) contra las resoluciones de 9 de julio de 1998 del Ayuntamiento de Madrid sobre desestimación de los recursos de reposición interpuestos contra liquidaciones practicadas en concepto de Impuesto de Construcciones, Instalaciones y Obras. Habiendo sido parte el Ayuntamiento de Madrid representado por la Procuradora Sra. Prieto Medina. La cuantía del recurso es de 43.277.050 pesetas.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por la representación procesal del recurrente se interpuso recurso contencioso administrativo mediante escrito presentado en 29 de septiembre 1998, al que se ha acumulado el recurso presentado con la misma fecha contra los actos antes mencionados, acordándose su admisión, y una vez formalizados los trámites legales preceptivos fue emplazado para que dedujera demanda, lo que llevó a efecto mediante escrito en el que tras alegar los fundamentos de hecho y de derecho que consideró pertinentes, terminó suplicando la estimación del recurso, con la consiguiente anulación de los actos recurridos.

SEGUNDO

La representación procesal de la parte demandada contestó a la demanda mediante escrito en el que, tras alegar los hechos y fundamentos de derecho que estimó aplicables, terminó pidiendo la desestimación del presente recurso.

TERCERO

Recibido el recurso a prueba, mediante auto de fecha 9 de junio de 2000, se practicaron las documentales que obran unidas a autos.

CUARTO

No siendo necesaria la celebración de vista pública, se dio traslado a las partes por su orden para conclusiones, las cuales fueron evacuadas en sendos escritos, en los que reiteraron sus respectivos pedimentos.

QUINTO

Con fecha 18 de julio de 2002 se celebró el acto de votación y fallo de este recurso, quedando el mismo concluso para Sentencia.

Siendo Ponente el Magistrado Iltmo. Sr. D. Alfonso Sabán Godoy.

Vistos los preceptos citados por las partes y los demás de general y pertinente aplicación.

FUNDAMENTOS JURÍDICOS
PRIMERO

En los presente autos se impugnan acumuladamente sendos acuerdos del Ayuntamiento de Madrid por los que se desestimaron los recursos de reposición deducidos frente a liquidación, previa Acta de prueba preconstituida, por el Impuesto de Construcciones, Instalaciones y Obras en virtud de la realizada para la construcción del aparcamiento para residentes sito en la Plaza de Chamberí de la citada capital y por un importe total, comprensivo de la sanción, de 43.277.050 pesetas. La demandante niega su condición de sujeto pasivo, pues manifiesta no ser dueña de la obra, la carencia de licencia de obras, la inadecuación de la base sobre la que se ha girado el impuesto y la improcedencia de la sanción impuesta.

SEGUNDO

Es evidente que los dos recursos acumulados se deduce frente a un acto por lo que uno de los dos debió haberse declarado inadmisible. Ahora bien, al ser ambos de...

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