STSJ Comunidad de Madrid , 16 de Julio de 2002
Ponente | VALERIANO PALOMINO MARIN |
ECLI | ES:TSJM:2002:10036 |
Número de Recurso | 1845/1998 |
Procedimiento | CONTENCIOSO |
Fecha de Resolución | 16 de Julio de 2002 |
Emisor | Sala de lo Contencioso |
Proc. Sr. De Diego Quevedo Ayuntamiento de Madrid TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO Sección 4ª
RECURSO N° 1845 de 1998 PONENTE Sr. Valeriano Palomino Marín SENTENCIA N°759 Presidente Iltmo. Sr. D. Juan Ignacio González Escribano Magistrados Ilmos. Sres.
D. Alfonso Sabán Godoy D. Valeriano Palomino Marín D. Francisco Javier Sancho Cuesta D. José Tomé Paule En Madrid, a dieciséis de julio de dos mil dos Visto el recurso n° 1845 de 1998 interpuesto por la Junta de Compensación de Los Jacintos M-30, representada por el Procurador don Gabriel de Diego Quevedo y defendida por el Letrado don Ramiro Ferrero Collado, contra decreto del Sr. Concejal Delegado de Hacienda del Ayuntamiento de Madrid de 25 de junio de 1998 denegatorio de devolución del ingreso indebido del importe de la autoliquidación del Impuesto sobre Cosntrucciones, Instalaciones y Obras correspondientes al Proyecto de Urbanización del PERI 5-4, Paseo de Los Jacintos; habiendo sido parte el Ayuntamiento demandado representado por el Procurador don Rafael Rodríguez Montaut con dirección de Letrado Consistorial. La cuantía del recurso es de 12.468.781 pesetas.
Interpuesto el recurso y recibido el expediente administrativo, fue emplazada la parte recurrente para que dedujera demanda, lo que llevó a efecto mediante escrito en el que, tras alegar los fundamentos de hecho y de derecho que consideró pertinentes, terminó suplicando la estimación del recurso, con la consiguiente anulación de la autoliquidación y que se ordene la restitución de lo indebidamente ingresado en unión de los correspondientes intereses legales.
La representación procesal de la parte demandada contestó a la demanda mediante escrito en el que, tras alegar los hechos y fundamentos de derecho que estimó aplicables, terminó pidiendo la desestimación del presente recurso.
Las partes cumplimentaron el trámite de conclusiones por el que se ordenó el procedimiento, señalándose para deliberación y fallo del recurso el día 12 de julio en curso.
Siendo Ponente el Magistrado Iltmo. Sr. D. Valeriano Palomino Marín.
Vistos los preceptos citados por las partes y los demás de general y pertinente aplicación.
La cuestión litigiosa trae causa de los siguientes extremos de...
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