STSJ Comunidad de Madrid , 17 de Julio de 2000

PonenteVALERIANO PALOMINO MARIN
ECLIES:TSJM:2000:9724
Número de Recurso696/1997
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución17 de Julio de 2000
EmisorSala de lo Contencioso

Ltdo. Sr. Luaces González Proc. Sr. Granizo Palomeque TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO Sección 4ª

RECURSO N° 696 de 1997 PONENTE Sr. Valeriano Palomino Marin SENTENCIA N°745 Presidente Ilmo. Sr. Enrique Calderón de la Iglesia Magistrados Ilmos. Sres.

D. Valeriano Palomino Marin Dª. Mª Antonia de la Peña Elías En Madrid a diecisiete de julio de dos mil. Visto el recurso n° 696 de 1997 interpuesto por la sociedad Asuntos Taurinos y Espectáculos S.A., representada y defendida por el Letrado don Francisco Javier Luaces González, contra decreto del Ayuntamiento de Leganés de 23 de enero de 1997 por el que se anuló la liquidación n° 961428703 y se dispuso y aprobó otra, la n° 970698550 del Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras por las de construcción de una plaza de toros; habiendo sido parte el Ayuntamiento demandado representado por el Procurador don Roberto García Palomeque. La cuantía del recurso es de 22.077.120 pesetas que importa la diligencia entre la deuda tributaria liquidada por el Ayuntamiento y la pretendida por la recurrente.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Interpuesto el recurso y recibido el expediente administrativo, fue emplazada la parte recurrente para que dedujera demanda, lo que llevó a efecto mediante escrito en el que tras alegar los fundamentos de hecho y de derecho que consideró pertinentes, terminó suplicando la estimación del recurso, con la consiguiente anulación de los actos recurridos.

SEGUNDO

La representación procesal de la parte demandada contestó a la demanda mediante escrito en el que, tras alegar los hechos y fundamentos de derecho que estimó aplicables, terminó pidiendo la desestimación del presente recurso.

TERCERO

La parte demandante no formalizó el escrito de conclusiones, por lo que se declaró la caducidad del trámite, formalizándolo la parte demandada y señalándose finalmente para la deliberación y Fallo del recurso el día 14 de julio en curso.

Siendo Ponente el Magistrado Ilmo. Sr. D. Valeriano Palomino Marin Vistos los preceptos citados por las partes y los demás de general y pertinente aplicación.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

En el presente proceso la sociedad recurrente impugna las mencionadas resolución y liquidación del Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras que el Ayuntamiento de Leganés le había girado por la construcción de una plaza de toros en dicho pueblo. En la liquidación originaria se fijó la base imponible en cuantía de 1.094.250.889 pesetas y, tras estimarse en parte el recurso de reposición, se redujo a la cifra de 999.656.033 pesetas, tras excluirse de ella algunas partidas que figuraban en el presupuesto por un total de 94.594.856 pesetas Aplicando a dicha cantidad el tipo del 4% resultaba una cuota de 39.986.241 pesetas. La recurrente había pedido que se excluyeran además otras partidas, que se indicarán más adelante y que, sumadas a las ya excluidas por el Ayuntamiento, ascendían a un total de 527.506.553 pesetas. Pedía que se descuente el 15 por 100 de beneficio industrial y otras 119.016.311 pesetas de gastos generales, con lo que la base imponible quedaría reducida a 447.728.025 pesetas, que, al tipo del 4% da una cuota de 17.909.121 pesetas en lugar...

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