STSJ País Vasco , 21 de Enero de 2000
Jurisdicción | España |
Fecha | 21 Enero 2000 |
Emisor | Tribunal Superior de Justicia de País Vasco, sala Contencioso Administrativo |
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAIS VASCO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO RECURSO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO Nº 3852/96 DE ORDINARIO SENTENCIA NUMERO 50 /2000 ILMOS. SRES.
PRESIDENTE:
D. ENRIQUE TORRES Y LOPEZ DE LACALLE MAGISTRADOS:
D. LUIS JAVIER MURGOITIO ESTEFANIA D. ROBERTO SAIZ FERNANDEZ En la Villa de BILBAO, a veintiuno de Enero de dos mil. La Sección PRIMERA de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, compuesta por el Presidente y Magistrados antes expresados, ha pronunciado la siguiente SENTENCIA en el recurso registrado con el número 3852/96 y seguido por el procedimiento ORDINARIO, en el que se impugna: el Decreto de la Alcaldía de Santurtxi, fechado el 9 de Agosto de 1.996, que desestimó el recurso de reposición interpuesto por la Sociedad recurrente contra la Liquidación del Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras.
Son partes en dicho recurso: como recurrente CONSIGNACIONES TORO Y BETOLAZA, S.A. ,representada y dirigida por el Letrado D. JUAN CARLOS FERNANDEZ BOBADILLA.
Como demandada AYUNTAMIENTO DE SANTURCE, representado y dirigido por el Letrado D. JESUS DIEZ SAENZ DE LA FUENTE.
Siendo Ponente el Iltmo. Sr. D. ENRIQUE TORRES Y LOPEZ DE LACALLE, Magistrado de esta Sala.
El día 18 de septiembre de 1.996 tuvo entrada en esta Sala escrito en el que D. JUAN CARLOS FERNANDEZ BOBADILLA actuando en nombre y representación de CONSIGNACIONES TORO Y BETOLAZA, S.A., interpuso recurso contencioso-administrativo contra el Decreto de la Alcaldía de Santurtxi, fechado el 9 de Agosto de 1.996, que desestimó el recurso de reposición interpuesto por la
Sociedad recurrente contra la Liquidación del Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras; quedando registrado dicho recurso con el número 3852/96.
La cuantía del presente recurso quedó fijada en 7.065.259.- ptas.
En el escrito de demanda, se solicitó de esta Sala el dictado de una sentencia en base a los hechos y fundamentos de derecho en ella expresados y que damos por reproducidos.
En el escrito de contestación, en base a los hechos y fundamentos de derecho en ellos expresados, se solicitó de este Tribunal el dictado de una sentencia por la que cond esestimación íntegra del recurso, confirme el Decreto de Alcaldía del Ayuntamiento de Santurtxi nº 1.873/96, de 9 de Agosto, con todo lo demás que proceda, e imposición de costas a la actora.
El procedimiento no se recibió a prueba por no solicitarlo las partes ni estimarlo necesario esta Sala.
En los escritos de conclusiones, las partes reprodujeron las pretensiones que tenían solicitadas.
Por resolución de fecha 11/01/2000 se señaló el pasado día 18/01/2000 para la votación y fallo del presente recurso.
En la sustanciación del procedimiento se han observado los trámites y prescripciones legales.
II
Se impugna en este recurso Contencioso Administrativo el Decreto de la Alcaldía de Santurtxi, fechado el 9 de Agosto de 1.996, que desestimó el recurso de reposición interpuesto por la Sociedad recurrente contra la Liquidación del Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras, por importe de 7.065.259.- pesetas, por la construcción de una...
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