STSJ Galicia , 28 de Enero de 2004

PonenteMARIA DOLORES GALINDO GIL
ECLIES:TSJGAL:2004:471
Número de Recurso113/2001
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución28 de Enero de 2004
EmisorSala de lo Contencioso

01/0000113/2001 SECCION PRIMERA EN NOMBRE DEL REY La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, ha pronunciado la siguiente:

SENTENCIA Nº 56 2004 SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO Ilmos. Sres.

D. GONZALO DE LA HUERGA FIDALGO. PTE. D. FERNANDO SEOANE PESQUEIRA.

Dª. MARIA DOLORES GALINDO GIL. En la Ciudad de A Coruña, a veintiocho de enero de dos Mil cuatro.

En el proceso contencioso-administrativo que con el número 01/0000113/2001 pende de resolución de esta Sala, interpuesto por Filomena , representada por la procuradora D/ña. MARIA ÁNGELES FERNÁNDEZ RODRIGUEZ y dirigida por el Abogado D. MIGUEL MELEIRO, contra silencio administrativo por parte del SERVICIO GALLEGO DE SALUD a reclamación formulada en 28.11.00 (H. Cristal Piñor de Ourense) sobre Responsabilidad patrimonial por fallecimiento del esposo de la rec. D. Carlos María . Es parte como demandada SERVICIO GALLEGO DE SALUD, representada y dirigida por el LETRADO DEL SERGAS. Es parte como Codemandada LA CONSELLERIA DE SANIDAD Y SERVICIOS SOCIALES, representada y dirigida por el LETRADO DE LA XUNTA DE GALICIA; siendo la cuantía del recurso la de INDETERMINADA.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Admitido a trámite el recurso contencioso administrativo presentado, se practicaron las diligencias oportunas y se mandó que por la parte recurrente se dedujera demanda, lo que se realizó a medio de escrito en el que en síntesis contiene los siguientes HECHOS: El 16 de agosto de 1999, el esposo de la actora D. Carlos María , ingresó en el Complexo Hospitalario de Ourense, dependiente de la Administración demandada, para ser intervenido de la amputación del primer y segundo año de pie izquierdo, el 23 de agosto del mismo año, fue cuando se llevó a cabo la intervención quirúrgica, a partir del día 25 de agosto el paciente entra en un cuadro de diarrea y vómitos, así como desorientado, aquellos síntomas no sólo persistieron, sino que se agravaron, el paciente entró en un shock séptico que determinó su ingreso en el servicio de medicina intensiva el día 28-8-99, don tras practicarle un TAC abdominal se informa que padece "colitis isquémica o infecciosa y estenosis del tronceo celiaco", es intervenido, no se consigue mejoría del cuadro, siendo exitus por parada cardíaca irreversible y fallece el 29-8-99.- Invoca los fundamentos de derecho que estima procedentes, y suplica que se dicte sentencia estimando el recurso, condenando a la administración demandada a indemnizar a la actora la cantidad reclamada por los daños y perjuicios inferidos por fallecimiento de su consorte.

SEGUNDO

Conferido traslado de la demanda a la parte demandada y codemandada, evacuaron dicho traslado a medio de escritos de oposición, con los hechos y fundamentos de derecho que estimaron procedentes y suplicando se dicte sentencia desestimando el recurso.

TERCERO

Recibido a prueba el recurso, se admitió la practicada con el resultado que obra en autos y finalizado el trámite de conclusiones conferido a las partes, se declaró concluso el debate escrito quedan las actuaciones sobre la mesa para resolver.

CUARTO

Que en la sustanciación del presente recurso se han observado las prescripciones legales.

VISTO: Siendo Ponente la Iltma. Sra. DOÑA MARIA DOLORES GALINDO GIL.

FUNDAMENTOS JURÍDICOS
PRIMERO

Doña María de los, Ángeles Fernández Rodríguez, en nombre y representación de Doña Filomena , dirige la presente vía jurisdiccional contra la desestimación por silencio administrativo de la Consellería de Sanidade e Servicios Sociais a reclamación de responsabilidad patrimonial por anormal funcionamiento de los servicios sanitarios con el resultado del fallecimiento de su esposo Don Carlos María .

La recurrente articula escrito de reclamación de fecha 28 de febrero de 2000 y recae resolución expresa de fecha 31 de enero de 2001.

SEGUNDO

Del contenido del expediente administrativo resulta que el esposo de la recurrente ingresó el día 16 de agosto de 1999 en la Unidad de Angiología y Cirugía Vascular del Complejo Hospitalario de Ourense, presentando una grave isquemia crítica, estadio IV en miembro inferior izquierdo como consecuencia de una gangrena en primer y segundo dedo de pie izquierdo de ocho meses de evolución.

Como antecedentes clínicos presentaba, hipertensión arterial, hipercolesterolemia y diabetes mellitus, ex fumador, enfermedad pulmonar obstructiva crónica -enfisema pulmonar- arteriosclerosis de troncos supraaórticos y cirugía arterial directa en el año 1996 por isquemia grave de miembros inferiores (By-pass aorto-bi-femoral).

Se indica tratamiento hemorreológico y antibioterapia intravenosa ingresando el paciente para estudios hemodinámicos con Doppler y dado el avanzado estadio de la enfermedad, realización de arteriografía para indicar procedimiento quirúrgico revascularizador asociado a la amputación digital del primer y segundo dedo del pie izquierdo.

Al día siguiente del ingreso urgente se realiza arteriografía diagnóstica donde se comprueba la existencia de una estenosis crítica en el lugar del implante de la rama izquierda de la prótesis aorto bi femoral implantada en el año 1996, que precisa corrección quirúrgica al ocasionar falta de circulación en el pie originando gangrena en dedos del mismo.

El día 23 de agosto de 1999 se realiza intervención quirúrgica consistente en profundoplastia de rama izquierda de prótesis aorto bi femoral y amputación transfalángica de primer-segundo dedos del pie izquierdo.

Los días 24, 25 y 26 no presenta ni refiere el paciente sintomatología clínica significativa.

El día 27 el paciente refiere nauseas y vómitos durante la madrugada. A la exploración clínica se aprecia abdomen blando, depresible, no doloroso a la palpación. No se observan episodios febriles.

Se solicita radiografía de tórax, analítica, electrocardiograma y gasometría arterial. Debido a su empeoramiento clínico el día 28 se decide su ingreso en la Unidad de Cuidados Intensivos. En dicha unidad se practican nuevas pruebas que objetivan un aumento de leucocitos. Se realiza TAC abdominal comprobando la afectación de las arterias viscerales, acordándose la intervención quirúrgica urgente del paciente.

Se le practica una laparatomía objetivando una colecistitis aguda gangrenosa alitiásica. Se practica colecistectomía, extirpación de la vesícula, pasando a UCI. En dicha Unidad se continúa tratamiento médico de antibioterapia pero no se consigue mejoría del cuadro clínico sucediendo el fallecimiento por parada cardíaca irreversible el día 29 de agosto de 1999.

Los motivos de impugnación que se contienen en el escrito rector de la litis se desarrollan en torno a la denominada Teoría del Daño Desproporcionado según la cual existe responsabilidad de la Administración Pública cuando tiene lugar un evento dañoso de los que normalmente sólo se producen si asociados a una proceder negligente, que debe producirse en la esfera de acción del demandado y sin que sea causado por una conducta integrada en el ámbito...

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