STSJ Andalucía , 16 de Enero de 2001

PonenteEMILIO LEON SOLA
ECLIES:TSJAND:2001:467
Número de Recurso2675/1999
ProcedimientoSOCIAL
Fecha de Resolución16 de Enero de 2001
EmisorSala de lo Social

M. E. SENTENCIA NUM. 132/00 ILTMO. SR. D. ANTONIO ÁNGULO MARTIN PRESIDENTE ILTMO. SR. D. ANTONIO LÓPEZ DELGADO ILTMO. SR. D. EMILIO LEÓN SOLÁ

ILTMO. SR. D. JOSÉ M° CAPILLA RUIZ COELLO MAGISTRADOS En la ciudad de Granada a 16 de Enero de dos mil uno La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía con sede en Granada, compuesta por los Iltmos. Sres. Magistrados que al margen se indican, han pronunciado EN NOMBRE DEL REY la siguiente SENTENCIA En el recurso de Suplicación núm 2675/99, interpuesto por AENA contra Sentencia dictada por el Juzgado de lo Social núm SEIS DE GRANADA en fecha 16 de Enero de dos mil uno ha sido ponente el Iltmo. Sr. EMILIO LEÓN SOLÁ

ANTECEDENTES DE HECHO
Primero

En el Juzgado de referencia tuvo entrada demanda interpuesta por Antonio en reclamación sobre Declarativa de Derechos contra AENA Y Silvio y admitida a trámite y celebrado juicio se dictó sentencia en fecha 18 DE JULIO DE 1999, por la que estimando la Excepción de incompetencia de Jurisdicción alegada y dejando improjuzgada la acción debo remitir a las partes a la Jurisdicción Contencioso Administrativo a quien se estima competente, si les interesa.

Segundo

En la sentencia aludida se declararon como hechos probados los siguientes:

l.- D. Antonio , mayor de edad con D.N.I NUM000 , cuyos demás datos filiatorios constan en el proceso, que tomó parte en las pruebas selectivas correspondientes a la convocatoria de 23.12.97 dirigida a la consolidación de empleo temporal para la plaza de bombero para el Aeropuerto de granada.

  1. - El Director General de AENA convocó en 23.12.97 concurso oposición para consolidación de

    Empleo Temporal, estableciendo el programa de pruebas y proceso de selección Tribunal que figuran en autos y se dan por reproducidos Estableciendo una prueba teórica a puntuar entre O y 9° y otra de aptitud Pruebas física no puntuables sino valorable de apto o no apto.

    El tribunal de Granada acordó puntuar esta segunda prueba de O a 1° y terminando el proceso de exámenes valoró a los concurrentes según consta en autos y se da por reproducidos, siendo propuesto el actor con la puntuación de 99.64 puntos.

  2. - Silvio interpuso Reclamación Previa contra dicha propuesta resolviendo la Dirección General y por Delegación el Director re Recursos Humanos entre otros extremos que la puntuación otorgada por el Tribunal conforme al programa de selecciono anula la puntuación y rectifica estimando la reclamación Previa del D. Silvio , propuesta para el puesto de Bombero en Granada, quedando los demás por estricto orden de puntuación, incluso incluidos en la Bolsa de Trabajo de Aeropuerto de Granada, ofreciendo recurso contencioso administrativo, cuanto la...

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