STSJ Canarias , 26 de Enero de 2004

PonenteJESUS NICOLAS MARTI SANCHEZ
ECLIES:TSJICAN:2004:244
Número de Recurso623/1999
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución26 de Enero de 2004
EmisorSala de lo Contencioso

SENTENCIA NÚM.

Magistrados Ilmos. Sres.:

D. Jesús José Suárez Tejera (Presidente)

D. Francisco José Gómez Cáceres D. Nicolás Martí Sánchez (Emérito) (PONENTE)

En Las Palmas de Gran Canaria, a veintiséis de enero de dos mil cuatro.

Visto por la Sala el recurso número 623/1999 en el que son partes como demandante el Colegio de Arquitectos de Canarias, Demarcación de Gran Canaria, representado por el procurador don Joaquín García Caballero, asistido del abogado don Pablo Cabrera Vargas, y como demandada la Administración de la Comunidad Autónoma de Canarias, representada y asistida por el Letrado del Servicio Jurídico del Gobierno de Canarias, se dicta la presente sentencia.

ANTECEDENTESDEHECHO

PRIMERO

Por Orden de la Consejería de Obras Públicas, Vivienda y Agua del Gobierno de Canarias, de fecha 23 de octubre de 1998, publicada en el B.O.C. del día 28 siguiente, se convocan concursos declarados de urgencia para la construcción de viviendas en la isla de Gran Canaria y para redacción de proyectos y dirección de obras.

SEGUNDO

Contra dicha Orden interpuso recurso contencioso-administrativo la Demarcación de Gran Canaria del Colegio de Arquitectos de Canarias, formalizando demanda el día 15 de marzo de 2002, con la pretensión de que se anule dicha Orden, y "contra el anuncio de fecha 16 de noviembre de 1998 de la Secretaría General Técnica de esa misma Consejería, por el que se hacen públicas las adjudicaciones de diversos contratos, en particular 18 adjudicaciones relativas a asistencias técnicas para redacción de proyectos de viviendas de protección oficial (B.O.C. núm. 8 de 18 de enero de 1999), retrotrayendo... la tramitación de los concursos al momento en que acaeció el vicio invalidante" ("suplico" de la demanda).

TERCERO

A la referida demanda se opuso el Letrado del Servicio Jurídico del Gobierno de Canarias solicitando la desestimación de la misma con los argumentos que figuran en las actuaciones.

CUARTO

No solicitada ni practicada prueba las partes presentaron sus respectivos escritos de conclusiones, señalándose para votación y fallo el día 23 del presente mes de enero y se nombra ponente al Magistrado Emérito Ilmo. Sr. don Nicolás Martí Sánchez.

QUINTO

Esta sentencia fue entregada por el ponente, para su notificación, el día veintisiete del presente mes de enero.

FUNDAMENTOSDEDERECHO
PRIMERO

La Orden recurrida, procedente de la Consejería de Obras Públicas, Vivienda y Aguas del

Gobierno de Canarias, de fecha 23 de octubre de 1998, convoca varios concursos, por el procedimiento de urgencia, para construcción de viviendas en la isla de Gran Canaria (siete), y para redacción de proyectos y dirección de obras (veinte). El núcleo del presente recurso radica en dilucidar si es nula la Orden impugnada en cuanto a los concursos para la redacción de proyectos y dirección de obras, por haber sido tramitados como expediente urgente (hecho primero y fundamento de Derecho B. I de la demanda).

Considera la Entidad recurrente que no está justificada la necesidad de utilizar el procedimiento de urgencia, con la consiguiente reducción a la mitad de los plazos, careciendo de motivación la decisión de seguir dicho procedimiento de urgencia.

SEGUNDO

Disponía el artículo 72.1 de la Ley 13/1995, de 18 de mayo, de contratos de las Administraciones Públicas (y el precepto se conserva en el Texto refundido de dicha Ley, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2000, de 16 de junio) que "podrán ser objeto de tramitación urgente los expedientes de contratos cuya necesidad sea inaplazable o cuya adjudicación sea preciso acelerar por razones de interés público. A tales efectos, el expediente deberá contener la declaración de urgencia hecha por el órgano de contratación y debidamente motivada".

Según consta en el tomo I del expediente administrativo, las resoluciones del Director General de la Vivienda, de fecha 7 de octubre de 1998, de declaración de urgencia de los...

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