STSJ La Rioja , 25 de Febrero de 2000

PonenteVALENTIN DE LA IGLESIA DUARTE
ECLIES:TSJLR:2000:162
Número de Recurso430/1998
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución25 de Febrero de 2000
EmisorSala de lo Contencioso

En Logroño a Veinticinco de Febrero de dos Mil. La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de La Rioja, compuesta por los Magistrados Ilmos. Srs. D. Valentín de la Iglesia Duarte, que la preside, y D. Jesús Miguel Escanilla Pallás, y completada por el Magistrado Ilmo. Sr. D. José Luis Díaz Roldán, pronuncia, EN NOMBRE DEL REY y bajo ponencia del Magistrado Ilmo. Sr. D. Valentín de la Iglesia Duarte, la siguiente:

SENTENCIA Nº 102 Vistos los autos correspondientes al recurso contencioso-administrativo sustanciado en esta Sala bajo el número 430/1998 y tramitado con arreglo a las normas del procedimiento ordinario, a instancia de Dª.

Elena , representada por la Procuradora Dña. MARIA LUISA RIVERO FRANCIA y defendida por el Letrado Don JOSÉ-ANTONIO GARCÍA- TREVIJANO GARNICA, siendo demandada la UNIVERSIDAD DE LA RIOJA, representada y defendida, a su vez, por el Letrado Don ALBERTO IBARRA CUCALÓN y como codemandada Dª. Marí Jose , representada y defendida, a su vez, por el Letrado Don JOSÉ- LUIS GARCIA DIAZ DE CERIO; recurso cuya cuantía se consideró Indeterminada.

II

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Mediante escrito presentado el 22 de mayo de 1998 se interpuso ante esta Sala y a nombre de Dª. Elena recurso contencioso-administrativo contra Resolución de la Comisión de Reclamaciones de la Universidad de La Rioja, de fecha 31 de Marzo de 1998, por la que se estimó la reclamación formulada por Dª. Marí Jose contra propuesta elevada por la Comisión Juzgadora del concurso convocado para la provisión de una plaza de profesor titular en el área de conocimiento de tecnología de los alimentos, convocada por resolución rectoral de 27 de Noviembre de 1996.

SEGUNDO

Inicialmente admitido a trámite dicho recurso, se publicó el preceptivo anuncio general y se recabó el correspondiente expediente administrativo, recibido el cual, se confirió traslado a la parte recurrente para que formulara su demanda, como así lo hizo mediante escrito presentado el 21 de Noviembre de 1998, exponiendo en 61 los hechos propios del caso y articulando los fundamentos jurídicos que reputaba aplicables al mismo, para terminar con unos pedimentos del tenor literal siguiente: "SUPLICO:

dictando en su día Sentencia estimatoria de la misma en la que se declare inválida la resolución de 31 de marzo de 1998 (adoptada mayoritariamente por la Comisión de Reclamaciones de la Universidad de La Rioja), con subsiguiente declaración de validez de la propuesta de resolución formulada por la Comisión Valorativa del concurso, ordenando prosigan los trámites derivados de tal propuesta hasta el eventual nombramiento final de la Doctora Doña Elena , y declarando que si tal nombramiento se produce en efecto, se asigne al mismo pleno valor y efectos de todo orden como si se hubiera adoptado en la fecha en que debió nombrarse a dicha Doctora Elena de no haberse estimado improcedentemente por la Comisión de Reclamaciones de la Universidad en su citado acuerdo de 31 de marzo de 1998 la reclamación presentada por la Dra. Marí Jose .

TERCERO

Trasladada la demanda a los representantes procesales de la Administración demandada y de la coadyuvante doña Marí Jose , evacuaron el trámite de contestación, oponiéndose a ella en los términos de hecho y de derecho que entendieron oportunos, y solicitando finalmente la desestimación del recurso.

CUARTO

Recibido el pleito a prueba, se unió a los autos la practicada, tras lo cual se acordó la presentación de conclusiones escritas que fueron formuladas, en su momento, por las partes, tras lo cual se señaló, para votación y Fallo del asunto, el día 21 de Enero de 2000, en que se reunió, al efecto, la Sala.

QUINTO

En la tramitación del proceso se han observado las prescripciones legales.

III

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Impugna doña Elena , concursante a la plaza número NUM000 de Profesor Titular de universidad en el área de conocimiento de "Tecnología de Alimentos", actividad de Enología, convocada por la Universidad de La Rioja en fecha de 27 de noviembre de 1996, la Resolución de su Comisión de Reclamaciones, adoptada en sesión del día 31 de marzo de 1998, por la que, estimando la reclamación presentada por doña Marí Jose , también aspirante al puesto docente, determinó no ratificar la propuesta de provisión de la plaza hecha por la comisión Juzgadora en favor de la Dra. Elena y declarar la no provisión de la plaza convocada "teniendo en cuenta la falta de justificación suficiente de la ponderación en los méritos considerados del perfil de la plaza convocada, así por las incongruencias existentes entre las puntuaciones asignadas en el primer ejercicio y el informe de valoración final, la arbitrariedad de la adjudicación efectuada y, por tanto, evidente, el desconocimiento de los principios de mérito y capacidad que rigen el concurso y el menoscabo del derecho a la igualdad de los candidatos". Acompañan a tal acuerdo, mayoritariamente adoptado, los votos particulares discrepantes de dos de los siete miembros integrantes de dicha comisión universitaria de Reclamaciones.

La súplica de la demanda deducida en el proceso pretende la anulación de la resolución combatida, por disconforme a Derecho, y la retracción a los trámites derivados de la propuesta de provisión de la plaza hasta llegarse al eventual nombramiento final de la demandante, declarándose, en este caso, que al nombramiento se le asigne pleno valor y...

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