STSJ Galicia , 5 de Diciembre de 2001

PonenteJOSE GONZALO DE LA HUERGA FIDALGO
ECLIES:TSJGAL:2001:9193
Número de Recurso1056/1998
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución 5 de Diciembre de 2001
EmisorSala de lo Contencioso

01/ 001056/ 1998 A SECCION PRIMERA EN NOMBRE DEL REY La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, ha pronunciado la siguiente:

SENTENCIA N° 1526 2001 SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO ILMOS. SRES.

DON GONZALO DE LA HUERGA FIDALGO. PTE. DON BENIGNO LOPEZ GONZALEZ DON FERNANDO SEOANE PESQUEIRA En la Ciudad de A Coruña, a cinco de diciembre de dos mil uno. En el proceso contencioso-administrativo que con el número 1056/1998 pende de resolución de esta Sala, interpuesto por Apple Computer BV, representada por el Procurador D. Fausto Valentín Blanco García y dirigida por el Abogado D. Carles Prat Massip, contra resolución de la Consellería de Educación y Ordenación Universitaria de al 18 de junio de 1998, sobre concurso de procedimiento abierto de arrendamiento modalidad leasing material mobiliario. Es parte como demandada la Consellería de Educación y Ordenación Universitaria representada y dirigida por el Letrado de la Xunta de Galicia; siendo la cuantía del recurso la de Indeterminada.

ANTECEDENTES DE HECHO

RESULTANDO que admitido a trámite el presente recurso, se practicaron las diligencias oportunas y por el recurrente se dedujo demanda a medio de escrito en el que en síntesis contiene los siguientes HECHOS: Por la parte recurrente se interpone recurso contencioso administrativo contra la resolución de 18 de junio de 1998 de la Consellería de Educación y Ordenación Universitaria por la que se anuncia el sistema de concurso de procedimiento abierto, el arrendamiento por la modalidad de leasing de diverso material mobiliario, didáctico y deportivo para los centros de enseñanza secundaria y ciclos formativos dependientes de esa Consellería.- Invoca los Fundamentos de Derecho que estima procedentes y suplica que se dicte sentencia estimando el recurso y declarando expresamente que la resolución recurrida no se ajusta a derecho en cuanto vulnera los preceptos legales alegados por esta parte, disponiendo por tanto, su nulidad, y la de todos aquellos actos y contratos que de la misma se derivan.

RESULTANDO que conferido traslado de la demanda al Letrado de la Xunta de Galicia evacuó dicho traslado a medio de escrito de oposición, con los hechos y fundamentos de derecho que estimó procedentes y suplicando se dicte sentencia desestimando el recurso.

RESULTANDO que recibido el recurso a prueba se practicó la admitida con el resultado que obra en autos.

RESULTANDO que conferido trámite de conclusiones a las partes se declaró concluso el debate escrito, y...

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