STSJ Aragón , 19 de Julio de 2004

PonenteJESUS MARIA ARIAS JUANA
ECLIES:TSJAR:2004:2078
Número de Recurso932/2001
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución19 de Julio de 2004
EmisorSala de lo Contencioso

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ARAGÓN.

SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO (Sección 1ª).

-Recurso número 932 del año 2001- SENTENCIA N° 636 de 2004 ILUSTRÍSIMOS SEÑORES PRESIDENTE D. Ricardo Cubero Romeo MAGISTRADOS D. Jesús María Arias Juana Dª Isabel Zarzuela Ballester Dª Nerea Juste Diez de Pinos En Zaragoza, a diecinueve de julio de dos mil cuatro.

En nombre de S.M. el Rey. VISTO, por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICÍA DE ARAGÓN (Sección 1ª), el recurso contencioso-administrativo número 932 de 2001, seguido entre partes; como demandante la compañía mercantil "SERVICIOS SEDROYA. S.L.". representada por el Procurador de los Tribunales D. José Manuel Martínez Romasanta y asistida por el Letrado D. Manuel Vicente Vaquer; y como demandada la DIPUTACIÓN GENERAL DE ARAGÓN, representada y asistida por Letrado de sus Servicios Jurídicos. Es objeto de impugnación la resolución del Consejero de Medio Ambiente de 26 de julio de 2001, por la que se ordenó la ejecución subsidiaria de lo acordado mediante requerimiento previo de 24 de mayo de 2001 y se impuso a la recurrente, a D. Benjamín y a la mercantil "Servicios Anoroc, S.L.", la obligación conjunta y solidaria de pago de 1.500.000 pesetas en concepto de indemnización por el equivalente económico de la cosecha recolectada.

Procedimiento: Ordinario.

Cuantía: 9.015,18 euros.

Ponente: Iltmo. Sr. Magistrado D. Jesús María Arias Juana.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La parte actora en el presente recurso, por escrito que tuvo entrada en la Secretaría de este Tribunal en fecha 3 de octubre de 2001, interpuso recurso contencioso administrativo contra la resolución citada en el encabezamiento de esta sentencia.

SEGUNDO

Previa la admisión a trámite del recurso y recepción del expediente administrativo, se dedujo la correspondiente demanda, en la que tras relacionar la parte recurrente los hechos y fundamentos de derecho que estimaba aplicables concluía con el suplico de que se dictara sentencia por la que declare nula la resolución de reclamación de 1.500.000 pesetas y, subsidiariamente, por contemplar de forma improcedente un cumplimiento solidario de obligación administrativa, con expresa condena en costas a la Administración.

TERCERO

La Administración demandada, en su escrito de contestación a la demanda, solicitó, tras relacionar los hechos y fundamentos de derecho que, por su parte, estimó aplicables, que se dictara sentencia por la que se desestimase el recurso interpuesto.

CUARTO

Sin haber lugar al recibimiento del juicio a prueba, y tras el trámite de conclusiones, se celebró la votación y fallo el día señalado, 8 de julio de 2004.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Como resulta de lo actuado en el expediente administrativo remitido, por resolución del Director General del Medio Natural de fecha 28 de julio de 1999 se acordó declarar la caducidad de la concesión de ocupación de la vía pecuaria "Descansadero y Cordel del Sayón", otorgada el día 26 de octubre de 1979 a favor de D. Héctor , D. Luis y D. Romeo , que venían ocupando y cultivando las entidades mercantiles "Servicios Anoroc, S.L." y Servicios Sedroya, S.L.", y D. Benjamín . Resolución que fue recurrida, primero, en alzada y, después, una vez desestimado dicho recurso, en vía jurisdiccional, siguiéndose en esta misma Sección el recurso contencioso administrativo número 652/2000 -en el que ha recaído sentencia de fecha 2 de junio pasado desestimatoria del mismo y confirmatoria de la resolución impugnada-. Tras haberse acordado en este último recurso la desestimación de la medida cautelar de suspensión interesada por los allí recurrentes, se acordó por resolución del Director General de Medio Natural de 24 de mayo de 2001 requerirles para que en el plazo de quince días abandonasen las tierras objeto de la ocupación,...

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