STSJ Comunidad de Madrid 1237/2006, 3 de Julio de 2006

PonenteELVIRA ADORACION RODRIGUEZ MARTI
ECLIES:TSJM:2006:17457
Número de Recurso734/2002
Número de Resolución1237/2006
Fecha de Resolución 3 de Julio de 2006
EmisorSala de lo Contencioso

T.S.J.MADRID CON/AD SEC.2

MADRID

SENTENCIA: 01237/2006

Recurso 734/2002

SENTENCIA NÚMERO 1237

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID

SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO

SECCION SEGUNDA

-----

Ilustrísimos Señores:

Presidente:

D. Juan Francisco López de Hontanar Sánchez.

Magistrados:

Dª. Elvira Adoración Rodríguez Martí.

D. Miguel Angel García Alonso.

Dña. Sandra González de Lara Mingo.

D. Francisco Javier Canabal Conejos.

D. Marcial Viñoly Palop.

-------------------

En la Villa de Madrid, a tres de julio de dos mil seis.

Vistos por la Sala, constituida por los Señores del margen, de este Tribunal Superior de Justicia, los autos del recurso contencioso-administrativo número 734/2002, interpuesto por D. Luis, representado por la Procuradora, Sra Dª Maria Rodríguez Puyol, contra la resolución desestimatoria por silencio negativo al escrito de fecha 21 de febrero de 2002 por el que se reclamaba se adoptaran las medidas oportunas para que se declarara la incompatibilidad de la Sra Concejala de Cultura del Ayuntamiento de El Berrueco. Ha sido parte demandada el Ayuntamiento de El Berrueco, representado por la Procuradora Dª Enriqueta Salmau-Alonso khouri.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Que previos los oportunos trámites, la parte recurrente formalizó su demanda mediante escrito de fecha 26 de julio de 2003, en que tras exponer los hechos y fundamentos de derecho que estimó pertinentes, terminó suplicando sentencia estimatoria del recurso interpuesto y las declaraciones correspondientes en relación con la actuación administrativa impugnada. Solicitando el recibimiento a prueba del presente recurso.

SEGUNDO

Que asimismo se confirió traslado a la representación de la parte demandada, para contestación a la demanda, lo que se verificó por escrito de fecha 3 de mayo de 2004, en que tras exponer los hechos y fundamentos de derecho que consideró pertinentes, terminó suplicando el mantenimiento de la actuación administrativa recurrida.

TERCERO

Que no habiéndose acordado el recibimiento del pleito a prueba por auto de fecha 27 de mayo de 2004, señalándose para la votación y fallo del presente recurso el día 22 de junio de 2006, a las 10 horas de su mañana, en que tuvo lugar.

VISTOS.- Siendo Magistrado Ponente la Ilma. Sra. Dª. Elvira Adoración Rodríguez Martí.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

El recurrente D. Luis representado por la Procuradora Dª María Rodríguez Muñoz, impugna la destimación presunta por silencio administrativo de la solicitud presentada con fecha 21 de febrero de 2002 en el Ayuntamiento de El Berrueco reclamando se declarara la incompatibilidad de la Concejala de cultura de dicha corporación, toda vez que ejerce dicho cargo simultáneamente con su puesto de trabajo en la empresa "AQUANOR C.B." dependiente del mismo Ayuntamiento.

En apoyo de su pretensión impugnatoria alega el recurrente las prescripciones contenidas en los arts. 9 y 10 del reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales en relación con el art. 178 de la L.O de Régimen Electoral General, y solicita se declare la incompatibilidad de la concejal de cultura.

SEGUNDO

Dispone el art. 73.1 de la Ley 7/1985 de 2 de Abril Reguladora de las Bases de Régimen Local, que la determinación del número de miembros de las Corporaciones Locales, el procedimiento para su elección, la duración de su mandato y los supuestos inegibilidad e incompatibilidad, se regularán en la legislación electoral.

El art. 9.5 del R.D. 2568/86 de 28 de Noviembre que aprobó el Reglamento de...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR