STSJ Asturias , 13 de Febrero de 2001

PonenteMARIA JOSE MARGARETO GARCIA
ECLIES:TSJAS:2001:737
Número de Recurso570/1997
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución13 de Febrero de 2001
EmisorSala de lo Contencioso

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA Sala de lo Contencioso-Administrativo Sección 1 OVIEDO 55820 PLAZA PORLIER, S/N Número de Identificación único: 33000 3 0100223 /2001 Procedimiento: PROCEDIMIENTO ORDINARIO 570 /1997 Sobre INFRACCIONES Y SANCIONES De D/ña. FERROCARRILES DE VIA ESTRECHA Procurador/a Sr/a. LUIS ALVAREZ FERNANDEZ Contra D/ña. HIGROGRÁFICA ABOGADO DEL ESTADO SENTENCIA Nº 105 Ilmos. Sres.

Presidente:

Dª MARÍA JOSÉ MARGARETO GARCÍA Magistrados:

D. FRANCISCO SALTO VILLÉN D. EDUARDO GOTA LOSADA En Oviedo, a trece de febrero de dos mil uno. La Sección Primera de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia del Principado de Asturias, compuesta por los Ilmos. Sres. Magistrados reseñados al margen, ha pronunciado la siguiente sentencia en el recurso contencioso administrativo número 570 de 1997, interpuesto por FERROCARRILES DE VÍA ESTRECHA (FEVE), representada por el Procurador D. Luis Álvarez Fernández, y dirigida por el Letrado D. José Manuel Martínez Antuña, contra la CONFEDERACIÓN HIDROGRÁFICA DEL NORTE, representada por el Sr. Abogado del Estado, versando el recurso sobre Sanción de multa de 1.000.005 pesetas, por depósito de balasto y traviesas, con motivo del acondicionamiento del tramo Oviedo-Collanzo en el cauce, zona de servidumbre y zona de policía del Río Caudal, en Parteayer y Baíña, sin contar con la preceptiva autorización; siendo Ponente la Ilma. Sra. Magistrada D a MARÍA JOSÉ

MARGARETO GARCÍA.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Interpuesto el presente recurso, una vez publicado el anuncio preceptivo en el BOE de la Provincia y recibido el expediente administrativo, se confirió traslado al recurrente para que formalizara la demanda, lo que efectuó en legal forma, haciendo una relación de Hechos, que en lo sustancial se dan por reproducidos. Expuso en Derecho lo que estimó pertinente y terminó suplicando que, en su día, se dicte sentencia por la que se acuerde dejar sin efecto la sanción impuesta en la resolución impugnada, declarando la misma nula con todos los efectos que de ello se deriven. A medio de otrosí, solicitó el recibimiento del recurso a prueba.

SEGUNDO

Conferido traslado a la parte demandada para que contestase la demanda, lo hizo en tiempo y forma, rechazando los Hechos articulados por la parte contraria en cuanto contradigan los resultantes del expediente administrativo y, en particular, las informaciones aportadas por los agentes de la autoridad que hubieran presenciado los hechos, dando por reproducidos los Hechos derivados del expediente. Expuso en Derecho lo que estimó pertinente y terminó suplicando que previos los trámites legales se dicte en su día sentencia en la que declarada la conformidad a Derecho de la Resolución impugnada, se desestime el presente recurso.

TERCERO

Por Auto de 19 de mayo de 1999 se recibió el proceso a prueba, habiéndose practicado las propuestas por las partes y...

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