STSJ Andalucía , 14 de Abril de 2000

PonenteHERIBERTO ASENCIO CANTISAN
ECLIES:TSJAND:2000:5820
Número de Recurso1527/1997
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución14 de Abril de 2000
EmisorSala de lo Contencioso

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ANDALUCÍA SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO (SEVILLA)

SENTENCIA Ilmo. Sr. Presidente D. José Moreno Carrillo Ilmos. Sres. Magistrados D. Heriberto Asencio Cantisán D. José Ángel Vázquez García En Sevilla, a 14 de abril de dos mil. Vistos por la Sección cuarta de la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, con sede en Sevilla, los autos correspondientes al Recurso n° 1527/97 interpuesto por D. Carlos Antonio , representado por el procurador Sr. tordillo Cañas y defendido por letrado en ejercicio, contra Resolución del TEARA en el expediente n° 14/3724/56. La Administración ha sido representada y defendida por el Sr. Abogado del Estado y Letrado de la Junta de Andalucía. La cuantía del recurso es de 1.800.000 ptas. Ha sido ponente el Ilmo. Sr. D. Heriberto Asencio Cantisán.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el indicado recurrente se interpuso Recurso Contencioso- administrativo, por escrito presentado el 5-6-97, contra Resolución del TEARA en el expediente n° 14/3724/95.

SEGUNDO

En su escrito de demanda, el actor solicitó se estime la demanda y se anule el acto administrativo recurrido.

TERCERO

Por la Administración demandada se contestó en el sentido de oponerse, solicitando, a su vez, la desestimación del recurso.

CUARTO

En la presente causa se han observado las prescripciones legales, salvo fas relativas a determinados plazos procesales, debido a la acumulación de asuntos ante la Sala.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Constituye el objeto de este proceso la resolución del TEARA dictada en reclamación n°

14/3724/95, desestimatoria de la misma, que fue interpuesta contra acuerdo en expediente de comprobación de valores por el concepto transmisiones patrimoniales.

Y en la demanda se pretende una sentencia por la que se acuerde la nulidad de la comprobación de la comprobación de valores, objeto de dicha resolución, en base a los hechos y fundamentos jurídicos que tuvo a bien exponer y a los que nos referiremos en lo preciso para esta sentencia.

SEGUNDO

Las cuestiones planteadas en este proceso se contraen a determinar si la comprobación de valores que nos ocupa se encuentra o no suficientemente motivada, al entender la actora que carece de ella, en tanto que el Abogado del Estado y la Letrada de...

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