STSJ Comunidad de Madrid , 23 de Abril de 2004

PonenteMARIA ROSARIO ORNOSA FERNANDEZ
ECLIES:TSJM:2004:5087
Número de Recurso779/2001
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución23 de Abril de 2004
EmisorSala de lo Contencioso

T.S.J.MADRID CON/AD SEC.4 MADRID SENTENCIA: 00352/2004 Proc. Sr. García Sevilla A.E Ltda. Sra. Guerrero Ankersmit TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO Sección 4ª

RECURSO Nº 779 de 2001 PONENTE Sra. Mª Rosario Ornosa Fernández S E N T E N C I A Nº 352 Presidente Ilmo. Sr. Juan Ignacio González Escribano Magistrados Ilmos. Sres.

D. Alfonso Sabán Godoy D. Valeriano Palomino Marín Dª Mª Rosario Ornosa Fernández D. Juan Pedro Quintana Carretero En Madrid a veintitrés de abril de dos mil cuatro Visto por la Sala del margen el recurso nº779/01 interpuesto por el Procurador Sr. García Sevilla en nombre y representación de Estudio 5 de Gestión y Proyectos S.A contra la resolución del TEAR de 12 de marzo de 2001 que desestimó la reclamación planteada por el entidad actora contra la resolución de la Oficina Gestora relativa al recurso de reposición interpuesto contra la liquidación practicada por la misma sobre el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados. Habiendo sido parte la Administración General del Estado representada por su Abogacía y como codemandada la Comunidad de

Madrid representada por sus servicios jurídicos.

La cuantía del recurso es inferior a 25.000.000 pesetas

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el recurrente indicado se interpuso recurso contencioso administrativo mediante escrito presentado en fecha 26 de Junio de 2001 contra el acto antes mencionado, acordándose su admisión, y una vez formalizados los trámites legales preceptivos fue emplazados para que dedujera demanda, lo que llevó a efecto mediante escrito en los que tras alegar los fundamentos de hecho y de derecho que consideró pertinentes, terminó suplicando la estimación del recurso, con la consiguiente anulación de los actos recurridos

SEGUNDO

La representación procesal de la parte demandada contestó a la demanda mediante escrito en el que, tras alegar los hechos y fundamentos de derecho que estimó aplicables, terminó pidiendo la desestimación del presente recurso.

TERCERO

Recibido el pleito a prueba, se practicaron las propuestas, con el resultado que obra en autos.

CUARTO

Dado traslado a las partes por su orden para conclusiones, las evacuaron en sendos escritos, en los que reiteraron sus respectivos pedimentos.

QUINTO

Con fecha 22 de Abril de 2004 se celebró el acto de votación y fallo de este recurso, quedando el mismo concluso para Sentencia.

Siendo Ponente la Magistrada Ilma. Sra. Dª. Mª Rosario Ornosa Fernández.

Vistos los preceptos citados por las partes y los demás de general y pertinente aplicación.

FUNDAMENTOS JURÍDICOS
PRIMERO

Se interpone el presente recurso contra la resolución del TEAR de 12 de marzo de 2001 que desestimó la reclamación planteada por el entidad actora contra la resolución de la Oficina Gestora relativa al recurso de reposición interpuesto contra la liquidación practicada por la misma sobre el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados derivada de la comprobación de valores efectuada respecto de la autoliquidación practicada como consecuencia de haberse otorgado escritura pública el 9 de junio de 1998 en la que se documentó un préstamo hipotecario concedido por la Caja de Ahorros y Monte de Piedad de Ávila a Estudio Cinco Gestión y Proyectos S. A. Se alegan como motivos de impugnación en la demanda la falta de motivación de la comprobación de valores realizada por la administración lo cual sería motivo de nulidad radical de la...

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