STSJ Murcia , 7 de Febrero de 2000
Ponente | ANTONIO GUTIERREZ LLAMAS |
ECLI | ES:TSJMU:2000:417 |
Número de Recurso | 3050/1997 |
Procedimiento | CONTENCIOSO |
Fecha de Resolución | 7 de Febrero de 2000 |
Emisor | Sala de lo Contencioso |
5 Este documento está impreso por una sola cara.
RECURSO nº: 3050/97 LA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MURCIA SECCIÓN PRIMERA Compuesta por los Iltmos. Sres.:
D. JOSÉ ABELLÁN MURCIA Presidente Dª CONSUELO URIS LLORET D. ANTONIO GUTIÉRREZ LLAMAS Magistrados Ha pronunciado EN NOMBRE DEL REY La siguiente SENTENCIA NÚM. 81/2000 En Murcia, a siete de febrero del dos mil. En el RECURSO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO nº 3050/97, tramitado por las normas de PROCEDIMIENTO ORDINARIO, en cuantía indeterminada y referido a: Acta de comprobación del replanteo en contrato administrativo de obra.
Parte demandante:
FERROVIAL, S.A., representada por el Procurador don Vicente Marcilla Onate y dirigida por el Abogado don Gaspar de la Peña Velasco.
Parte demandada:
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE LA REGIÓN DE MURCIA, representada y dirigida por el Letrado de sus Servicios Jurídicos.
Acto administrativo impugnado:
Orden del Consejero de Política Territorial y Obras Publicas de la CARM, de 7 de octubre de 1997, desestimatoria de la solicitud de revocación del Acta de Comprobación del Replanteo, de fecha 20 de febrero de 1997.
Pretensión deducida en la demanda:
Que se declare nula de pleno derecho el Acta de Comprobación de Replanteo de las obras de fecha 20 de febrero de 1997.
Siendo Ponente el Magistrado don ANTONIO GUTIÉRREZ LLAMAS, quien expresa el parecer de la Sala.
I.-
El escrito de interposición del recurso contencioso administrativo se presentó el día 26-11-97, y admitido a trámite, y previa su publicación en el Boletín Oficial de la Región de Murcia, reclamación y recepción del expediente, la parte demandante formalizó su demanda deduciendo la pretensión a que antes se ha hecho referencia.
La parte demandada se opuso al recurso e interesó su desestimación.
Ha habido recibimiento del proceso a prueba, con el resultado que consta en las actuaciones y cuya valoración se hará en los fundamentos jurídicos de esta sentencia.
Después de evacuarse el trámite de conclusiones se señaló para la votación y fallo el día 28-1-2000.
II.-
Por tener interés para el examen de las cuestiones que se discuten, y resultantes del expediente administrativo y de la prueba practicada, se destacan los siguientes antecedentes fácticos:
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- El 21 de octubre de 1996, la Consejería de Política Territorial y Obras Publicas de la CARM adjudicó a FERROVIAL, S.A. el contrato de ejecución de las obras de construcción de 27 viviendas de promoción pública en Torre Pacheco (Museo del Campo), sobre parcela de titularidad del Ayuntamiento de Torre Pacheco, cedida para dicha obra a la CARM.
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- El 21 de noviembre de 1996, se suscribe Acta de comprobación de replanteo, considerando que el proyecto es, NO VIABLE por faltar el nombramiento del Arquitecto Técnico Director de las Obras, y a falta de la delimitación de alineaciones por el Ayuntamiento.
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- El 8 de enero de 1997, se levanta Acta de alineaciones y rasantes por los técnicos municipales del Ayuntamiento de Torre Pacheco en relación con la parcela en cuestión.
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- El 20 de febrero de 1997, se suscribe nueva Acta de comprobación de replanteo, considerando que el proyecto es VIABLE, por lo que se autoriza inicio de las obras.
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- Una vez iniciados por el contratista los trabajos preliminares de vallado, limpieza y replanteo...
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