STSJ Galicia , 26 de Junio de 2002

PonenteBENIGNO LOPEZ GONZALEZ
ECLIES:TSJGAL:2002:4639
Número de Recurso1152/2001
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución26 de Junio de 2002
EmisorSala de lo Contencioso

01 /0001152 /2001 JLA SECCION PRIMERA EN NOMBRE DEL REY La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, ha pronunciado la siguiente:

S E N T E N C I ANº 1143/2002 SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO Ilmos. Sres.

D. BENIGNO LOPEZ GONZALEZ. PTE. D. FERNANDO SEOANE PESQUEIRA.

Dª. MARIA DOLORES GALINDO GIL. En la ciudad sede de este Tribunal, veintiséis de junio de dos Mil dos. En el proceso contencioso-administrativo que con el número 01 /0001152 /2001, pende de resolución de esta Sala, interpuesto por Luis Pedro , en su propio nombre y representación, contrae resolución de la Tesorería General de la Seguridad Social de 29 de noviembre de 2000 (EMB/mrcg; 402 /99) sobre productividad. Es parte como demandada TESORERIA GENERAL SEGURIDAD SOCIAL representada y dirigida por el LETRADO DE LA SEGURIDAD SOCIAL; siendo la cuantía del recurso la de indeterminada

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Admitido a trámite el recurso contencioso administrativo presentado, se practicaron las diligencias oportunas y se mandó que la parte recurrente dedujera demanda, lo que realizó a medio de escrito en el que en síntesis contiene los siguientes HECHOS: Solicita se le conceda el complemento de productividad 1.3 por tareas específicas y, se le, abone lo dejado de percibir desde octubre de 1998 a diciembre de 2001, fechas de entrada y actual de presentación de la demanda.- Invoca los fundamentos; de derecho que estima procedentes, y suplica que se dicte sentencia por no la que se declare no conforme a Derecho los actos de la Administración recurrida.

SEGUNDO

Conferido traslado de la demanda a la Administración demandada evacuó dicho traslado a medio de escrito de oposición, con los hechos y fundamentos de derecho que estimó procedentes y suplicando se dictase sentencia desestimatoria del recurso interpuesto.

TERCERO

Declarado concluso el debate escrito, quedaron las actuaciones sobre la mesa para resolver.

CUARTO

Que en la sustanciación del presente recurso se han observado las prescripciones legales.

Siendo Ponente el Magistrado Ilmo. D. BENIGNO LOPEZ GONZALEZ.

FUNDAMENTOS JURÍDICOS
PRIMERO

Don Luis Pedro interpone recurso contencioso administrativo contra resolución de la Tesorería General de la Seguridad Social, de fecha 27 de marzo de 2001, desestimatoria de recurso de reposición planteado contra otra...

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