STSJ Navarra , 31 de Julio de 2002

PonenteANTONIO RUBIO PEREZ
ECLIES:TSJNA:2002:1012
Número de Recurso285/2001
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución31 de Julio de 2002
EmisorSala de lo Contencioso

S E N T E N C I A Nº

ILTMOS. SRES.:

PRESIDENTE, D. JOAQUIN MIQUELEIZ BRONTE MAGISTRADOS, D. ANTONIO RUBIO PÉREZ D. FELIPE FRESNEDA PLAZA En Pamplona, a treinta y uno de julio de dos mil dos. Vistos por la Sala de lo Contencioso-Administrativo de este Excmo. Tribunal Superior de Justicia de Navarra, constituida por los Señores Magistrados expresados, los autos del recurso número 285/01, promovido contra dos Acuerdos del Director General de la Guardia Civil de fecha 2- 2-01 por los que se desestiman las solicitudes formuladas en su día por los recurrentes, relativas al abono con carácter retroactivo desde el 1º de enero de 1997, con los intereses legales correspondientes y las actualizaciones pertinentes de la parte de la cuantía mensual del complemento específico dejada de percibir durante el año 1.996, siendo en ello partes: como recurrentes D. Santiago y D. Baltasar ; y como demandada LA ADMINISTRACION, representada por el Sr. Abogado del Estado.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Tras los oportunos trámites procesales, mediante escrito presentado el 8 de diciembre de 2001, se formalizó la demanda correspondiente al recurso del encabezamiento en súplica de que "se dicte sentencia por la que ... se reconozca a los actores el derecho al percibo de la parte de la cuantía mensual de los complementos dejada de percibir durante el año 1.996, y con carácter retroactivo desde el uno de enero de 1997, lo que hace un total de 1.957.167.- ptas., más los intereses legales correspondientes hasta su total y completo pago, para cada uno de los demandantes, en virtud de lo establecido en el Real Decreto Ley 12/95 y las normas de desarrollo ..."

SEGUNDO

Efectuado el traslado correspondiente, por escrito de 14 de enero siguiente se opuso a la misma el Abogado del Estado, señalándose a continuación para votación y fallo que ha tenido lugar el pasado día 24 siendo ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D. ANTONIO RUBIO PÉREZ.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

El Real Decreto-Ley 12/1995, de 28 de diciembre, estableció una reclasificación de grupos a efectos de retribuciones, entre otros, en el Cuerpo de la Guardia Civil con la previsión de que tal reclasificación no podía suponer incremento de gasto público, ni modificación del cómputo anual de las retribuciones totales de los afectados (art. 5, párrafo 1º) de manera...

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