STSJ Andalucía , 2 de Febrero de 2000

PonenteANTONIO ANGULO MARTIN
ECLIES:TSJAND:2000:1648
Número de Recurso1534/1998
ProcedimientoSOCIAL
Fecha de Resolución 2 de Febrero de 2000
EmisorSala de lo Social

J.G. Sent núm 380/2000 Iltmo. Sr. D. Antonio Angulo Martín Presidente Iltmo. Sr. D. Antonio López Delgado Iltmo. Sr. D. Emilio León Sola Iltmo. Sr. D. J. Mª Capilla Ruiz Coello Magistrados En la Ciudad de Granada, a dos de Febrero de dos mil. La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía con sede en Granada, compuesta por los Iltmos. Sres. Magistrados que al margen se indican ha pronunciado EN NOMBRE DEL REY la siguiente SENTENCIA En el recurso de Suplicación núm. 1.534/98, interpuesto por Di Inés contra Sentencia dictada por: el Juzgado de lo Social núm. Uno de los de Almería en fecha 30 de Abril de 1.998 en Autos núm. 212/98 , ha sido Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D. Antonio Angulo Martín.

ANTECEDENTES DE HECHO
Primero

En el Juzgado de referencia tuvo entrada demanda interpuesta por Dª Inés sobre Declaración de Derechos contra el INSTITUTO NACIONAL DE EMPLEO y admitida a trámite y celebrado juicio se dictó Sentencia el 30 de Abril de 1.998 , por la que desestimando la demanda interpuesta por la actora, absolvía al demandado de la acción que en su contra se ejercitaba.

Segundo

En la Sentencia aludida se declararon como hechos probados los siguientes:

  1. - La actora Dª. Inés , mayor de edad, cuyas demás circunstancias obran en autos, viene trabajando para el Instituto Nacional de Empleo, en el Centro de Trabajo en la Oficina de Empleo de Roquetas de Mar, Almería, con la categoría profesional de Auxiliar Administrativo.

    1. - la actora con 11 de Julio de 1.991 suscribió un contrato de trabajo por acumulación de tareas, concertado al amparo del R.D. 2.104/84 , por un período de seis meses extinguiéndose el día 10 de Enero de 1.992, fecha en la que pasó a percibir las prestaciones por desempleo.

      Con fecha 5 de Febrero de 1.982, formalizó un contrato temporal como medida de fomento de empleo, celebrado al amparo del R.D. 1.989/1.984 , con una duración inicial de 6 meses, siendo prorrogado en distintos períodos hasta el día 4 de Febrero de 1.995, con anterioridad, formuló renuncia voluntaria a la anterior contratación.

    2. - Con fecha 2 de Febrero de 1.995, fue nombrada Funcionaria de empleo Interina, con la misma categoría laboral, por acuerdo del Subdirector General de Trabajo y S. Social. Folio 16.

    3. - La actora a diferencia de parte de sus compañeros en idéntica situación, al transformar su situación en la de funcionaria interina, no formuló demanda en solicitud de fijeza, aceptando el cambio de situación. Los trabajadores que recurrieron, no, lograron su propósito, al, ser desestimada su pretensión por sentencias de los Juzgados de lo Social de esta Ciudad y confirmada por el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, Granada, admitiendo la extinción del contrato temporal de trabajo.

    4. - Por Resolución de 7 de Noviembre de 1.995, de la Subsecretaría del Ministerio de Trabajo y Seguridad social, se convocaron pruebas selectivas por el sistema de concurso- oposición para cubrir 1.900 plazas en la categoría de Auxiliar administrativo de personal laboral fijo en el Instituto Nacional de Empleo.

      La actora superando las pruebas de la convocatoria, fue nombrada, previa renuncia a su condición de funcionaria interina, y firmando con fecha 17 de Septiembre de 1.997, contrato laboral con la consideración de fijo de plantilla, y sometido al Convenio Colectivo Vigente para el Personal laboral del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social.

  2. - El Art. 33 del Vigente Convenio Colectivo para el personal laboral del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, INEM y FOGASA, establece el...

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