STSJ Andalucía , 23 de Octubre de 2000

PonenteJUAN MANUEL CIVICO GARCIA
ECLIES:TSJAND:2000:15708
Número de Recurso87/2000
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución23 de Octubre de 2000
EmisorSala de lo Contencioso

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ANDALUCÍA SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO DE GRANADA SECCIÓN PRIMERA ROLLO NÚM. 87/00 JUZGADO: ALMERIA NÚM. UNO SENTENCIA NÚM. 1.414 DE 2.000 SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO Ilmo. Sr. Presidente:

D. Rafael Puya Jiménez Iltmos. Sres. Magistrados D. Juan Manuel Cívico García D. Federico Amador Castillo Blanco

En la Ciudad de Granada, a veintitrés de octubre de dos mil. Ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, con sede en Granada, se ha tramitado el recurso de apelación número 87/00 dimanante del recurso contencioso- administrativo núm.

375/99, seguido ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número uno de los de Almería, siendo parte apelante D. Octavio , representado y dirigido por el Letrado D. Eduardo Zea Gandolfo y parte apelada la CONSEJERÍA DE GOBERNACIÓN Y JUSTICIA, en cuya representación y defensa interviene el Letrado adscrito al Gabinete Jurídico de la Junta de Andalucía.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo núm. Uno de Almería, en fecha 3 de febrero de 2.000, dicto sentencia en el recurso núm. 375/99 tramitado ante el mismo, en la que se acordaba desestimar el recurso contencioso-administrativo.

SEGUNDO

Contra dicha sentencia se interpuso recurso de apelación, del que, tras ser admitido en un solo efecto por el Juzgado, se dió traslado a las demás partes personadas para que en el plazo de 15 días formularan su oposición, presentándose por la parte apelada escrito de impugnación de dicho recurso.

TERCERO

Elevadas las actuaciones a esta Sala se formó el oportuno rollo, se registró, se designó

Ponente al Ilmo. Sr. D. Juan Manuel Cívico García, y al no haberse solicitado prueba, ni vista o conclusiones, se declararon conclusas las actuaciones para dictar la resolución procedente. Se señaló para deliberación, votación y fallo del presente recurso el día y hora señalado en autos, en que efectivamente tuvo lugar, habiéndose observado las prescripciones legales en la tramitación del recurso.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Contra la sentencia de fecha 3 de Febrero del presente año, del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo núm. 1 de los de Almería, que desestimó el recurso interpuesto por D. Octavio contra Resolución de la Dirección General de Organización Administrativa e Inspección General de servicios de la Consejería de Gobernación y Justicia de la Junta de Andalucía de 13 de Julio de 1.999, que le denegó la compatibilidad entre su actividad principal como médico...

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