STSJ Comunidad Valenciana 4/2003, 9 de Enero de 2003

PonenteAmalia Basanta Rodríguez
ECLIES:TSJCV:2003:124
Número de Recurso241/2002
Número de Resolución4/2003
Fecha de Resolución 9 de Enero de 2003
EmisorSala de lo Contencioso

ROLLO de APELACION n° 241/2002

Juzgado de lo Contencioso-Administrativo n° 4 de Alicante

Recurso Contencioso-Administrativo n° 55/00

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA

DE LA

COMUNIDAD VALENCIANA

SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

SECCION SEGUNDA

SENTENCIA N° 4/2003

Presidente

D. Mariano Ferrando Marzal

Magistrados

D. Miguel Soler Margarit

Doña Amalia Basanta Rodríguez

En Valencia a nueve de enero de dos mil tres.

Visto por la Sección Segunda de la Sala de lo Contencioso- Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana el recurso de apelación, tramitado con el número de rollo 241/2002, interpuesto contra Sentencia nº 26/02 dictada, con fecha 14-3-02, por el Juzgado de lo Contencioso- Administrativo número 4de Alicante en el recurso contencioso- administrativo número 55/00.

Han sido partes en el recurso: a) Como apelante D. Jesús Luis , D. Jose Antonio , Doña Inmaculada y Doña Amelia , representados por la Procuradora Doña Mª José Victoria Fuster y asistidos por el Letrado D. José Mª Baño León; y b) Como apelada el Ayuntamiento de Jávea, asistido y representado por el Letrado D. José Juan Server Gallego; y la GV asistida y representada por sus servicios jurídicos.

Ha sido Ponente la Magistrada Doña Amalia Basanta Rodríguez.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Con fecha 14-302 el Juzgado de lo Contencioso- Administrativo número 4 de Alicante dictó Sentencia en el recurso contencioso-administrativo número 55/00 cuya parte dispositiva, literalmente transcrita, dice: "FALLO.- Desestimo el recurso contenciosos administrativo interpuesto por D. Jesús Luis , D. Jose Antonio , Dª Inmaculada y Dª Amelia , contra la resolución nº 26/2000 dictada por el Concejal Delegado de Urbanismo del Ayuntamiento de Jávea, en virtud de delegación de la Alcaldía, con fecha 19 de enero de 2000, por la que deniega la solicitud de silencio administrativo positivo, por cuanto no reúne los requisitos establecidos en la DA 4ª de la L. 6/94, Reguladora de la Actividad Urbanística, en relación con el art. 43 de la LRJAP y, en consecuencia, se deniega la solicitud de licencia de obras, expediente LOM 29/99, para la construcción de una vivienda unifamiliar aislada, parcela NUM000 , URBANIZACIÓN000 ", por prohibición impuesta por el PGOU, sin hacer expresa imposición de costas".

SEGUNDO

La parte actora presentó, con fecha 16-4-02, escrito por el que interponía recurso de apelación contra la citada sentencia y en el que, tras efectuar las alegaciones que estimó oportunas, solicitaba la estimación del recurso de apelación, dejando sin efecto la Sentencia apelada y declarando la nulidad de los actos impugnados, reconociendo el derecho de los apelantes al abono de la correspondiente indemnización de conformidad con lo solicitado en el escrito de demanda.

TERCERO

Con fecha 17-4-02 el Juzgado dictó providencia por la que se admitía el recurso y se daba traslado del mismo a las demás partes comparecidas para que, en el plazo común de quince días, pudieran formalizar su oposición, habiéndolo hecho la demandada por escrito de 21-5-02 y la codemandada por escrito de 13-5-02, en que se opusieron a la estimación de la apelación entablada.

CUARTO

Acordada la remisión a este Tribunal de los autos (expediente administrativo) y escritos presentados; y una vez recibidos y formado el correspondiente rollo de apelación, se señaló para la votación y fallo del recurso el día 7-1-2003, teniendo lugar la misma el citado día.

QUINTO

En la sustanciación de este recurso se han observado las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Por los propios fundamentos expuestos en la resolución que se recurre, que se dan por reproducidos en la presente, procede la desestimación de la apelación interpuesta, debiendo reseñarse, además lo siguiente.

La parte apelante sustenta, en síntesis, en apoyo de su pretensión impugnativa el carácter reglado de la clasificación del Suelo Urbano, de donde, atendiendo a la...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR