STSJ Comunidad de Madrid 598/2008, 9 de Mayo de 2008
Ponente | MARIA DE LOS DESAMPARADOS GUILLO SANCHEZ-GALIANO |
ECLI | ES:TSJM:2008:7693 |
Número de Recurso | 412/2005 |
Procedimiento | CONTENCIOSO |
Número de Resolución | 598/2008 |
Fecha de Resolución | 9 de Mayo de 2008 |
Emisor | Sala de lo Contencioso |
T.S.J.MADRID CON/AD SEC.6
MADRID
SENTENCIA: 00598/2008
Recurso Núm. 412/05
Ponente: Sra. Amparo Guilló Sánchez Galiano
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA
SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
Sección Sexta
SENTENCIA Núm.598
Ilmos. Sres.
Presidente:
D. Jesús Cudero Blas
Magistrados:
Dª Teresa Delgado Velasco
Dª Cristina Cadenas Cortina
Dª Amparo Guilló Sánchez Galiano
D. Francisco de la Peña Elías
______________________________________
En la Villa de Madrid, a 9 de mayo de dos mil ocho.
VISTO el presente recurso contencioso-administrativo núm. 412/05 promovido por don Armando,
funcionario publico, actuando en su propio nombre y representación, contra la Resolución dictada en fecha 24 de noviembre de
2004 por el Subsecretario del Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación por la que se acuerda el cese del recurrente
como Jefe de Área de Informática en el Gabinete Técnico de la Secretaría General de Asuntos Europeos (nivel 28) y su
nombramiento como Jefe del Servicio de Asuntos financieros de la Dirección General de Coordinación de Asuntos Generales y
Técnicos de la Secretaria General para la Unión Europea (nivel 26), confirmada en reposición por la Resolución de fecha 4 de
febrero de 2005 de esa misma Subsecretaria; habiendo sido parte en autos la Administración demandada, representada y
defendida por el Abogado del Estado.
Interpuesto el recurso y seguidos los oportunos trámites prevenidos por la Ley de la Jurisdicción, se emplazó a la parte demandante para que formalizase la demanda, lo que verificó mediante escrito de fecha 24 de enero de 2006 en el que, tras exponer los hechos y fundamentos de derecho que estimaba de aplicación, terminaba suplicando se dictase Sentencia por la que se anule la resolución impugnada y se reponga al recurrente en el puesto de trabajo que ocupaba, con todos los derechos económicos que correspondan desde la fecha de efectos en que se produjo el pretendido cese el 17 de noviembre de 2004.
El Abogado del Estado contestó a la demanda mediante escrito en el que suplicaba se dictase sentencia por la que se inadmitiese la demanda por concurrir la causa de inadmision consistente en desviación procesal y, en todo caso, se desestimase en el fondo la misma confirmando el acto recurrido en todos sus extremos.
Practicada prueba con el resultado que es de ver en autos y evacuado tramite de conclusiones por ambas partes, quedo el recurso pendiente de señalamiento para votación y fallo cuando por turno le correspondiera, fijándose para ello la audiencia del día 2 de abril de 2.008, teniendo así lugar; cumplidos los tramites legales del procedimiento, excepción hecha del plazo para dictar Sentencia, debido al numero y complejidad de los asuntos señalados para las mismas fechas.
Siendo ponente la Ilma. Sra. Dña. Amparo Guilló Sánchez Galiano, que expresa el parecer de la Sala.
El presente recurso contencioso administrativo se interpone por el recurrente, en su condición de funcionario del Cuerpo Superior de Sistemas y Tecnologías de la Información, contra la Resolución dictada en fecha 24 de noviembre de 2004 por el Subsecretario del Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación por la que se acuerda el cese del recurrente como Jefe de Área de Informática en el Gabinete Técnico de la Secretaría General de Asuntos Europeos (nivel 28) en régimen de adscripción provisional y su nombramiento, también en régimen de adscripción provisional, como Jefe del Servicio de Asuntos financieros de la Dirección General de Coordinación de Asuntos Generales y Técnicos de la Secretaria General para la Unión Europea (nivel 26), confirmada en reposición por la Resolución de fecha 4 de febrero de 2005 de esa misma Subsecretaria.
Son antecedentes necesarios para la adecuada valoración jurídica posterior de la pretensión del actor los siguientes:
El recurrente, funcionario de la Administración del Estado (del Cuerpo Superior de Sistemas y Tecnologías de la Información) encontrándose destinado en el Ministerio de Hacienda en plaza a la que había accedido por concurso, cesó voluntariamente en dicho puesto renunciando a la plaza que ocupaba, para ser nombrado, a solicitud del Ministerio de Asuntos Exteriores y en régimen de adscripción provisional, Jefe de Área en la Secretaria General de Asuntos Europeos (Gabinete Técnico),nivel 28, tomando posesión de dicha plaza en fecha 3 de marzo de 2004.
En fecha 24 de noviembre de 2004, se dicta resolución suscrita por el Subsecretario del Departamento por la que se acuerda el cese del actor en la citada plaza de Jefe de Área de Informática en la Secretaria General de Asuntos Europeos, con efectos a fecha 17 de noviembre anterior, y su nombramiento como Jefe de Servicio de Asuntos Financieros del mismo Ministerio de Asuntos Exteriores y Cooperación, nivel 26, con efectos de toma de posesión en fecha 18 de noviembre de 2004, figurando en el correspondiente documento (F.5.R obrante como numero 3 del expediente administrativo) como causa del cese "cambio de puesto en adscripción provisional". Dicha resolución se encontraba precedida de una nota interior de fecha 17 de noviembre de 2004 (documento 5 del expediente administrativo) suscrita por el Vocal Asesor de Administración y Presupuestos del Ministerio y dirigida al Subdirector General de Personal en la que se señalaba que siguiendo instrucciones del Secretario General se solicitaba la realización de los tramites oportunos para proceder al cese del recurrente en su plaza de Jefe de Área de Informática, nivel 28, en el Gabinete Técnico del Secretario General para la Unión Europea y el nombramiento del mismo en adscripción provisional en el puesto de Jefe se Servicio de Asuntos Económicos y Financieros, Dirección General de Integración y Coordinación de Asuntos Generales y Económicos de la Unión Europea.
Contra la anterior resolución de cese interpuso el recurrente el correspondiente recurso de reposición que fue resuelto por acuerdo de fecha 4 de febrero de 2005 suscrito asimismo por el Subsecretario y en cuyos fundamentos jurídicos puede leerse lo siguiente:... "El recurrente.... que estaba destinado en el Ministerio de Hacienda, ceso voluntariamente como reconoce en su recurso. Este Ministerio solicitó su adscripción provisional al amparo de lo dispuesto en el art. 50.5 del R.D. 364/1995, atribuyéndole esta Subsecretaría un puesto de N-28, que el interesado, también voluntariamente, aceptó, tomando posesión del mismo el día 3 de marzo...
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