STSJ Andalucía , 31 de Mayo de 2006
Ponente | RUPERTO MARTINEZ MORALES |
ECLI | ES:TSJAND:2006:4802 |
Número de Recurso | 510/2000 |
Procedimiento | CONTENCIOSO |
Fecha de Resolución | 31 de Mayo de 2006 |
Emisor | Sala de lo Contencioso |
Dña. María López Luna Secretaría de la Sala de lo Contencioso-Administrativo en Sevilla del
Tribunal Superior de Justicia de Andalucía.
CERTIFICO: que en el recurso de que se hará expresión se ha dictado por la Sala siguiente
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ANDALUCÍA
SALA EN SEVILLA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
SECCIÓN TERCERA
RECURSO NÚM. 510/2000
SENTENCIA
Ilmo. Presidente
D. Ruperto Martínez Morales
Ilmos. Sres. Magistrados
D. Eloy Méndez Martínez
D. Victoriano Valpuesta Bermúdez
En Sevilla, a treinta y uno de mayo de dos mil seis.
La Sala en Sevilla de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, Sección Tercera, formada por los Magistrados que al margen se expresan, ha visto, en nombre de SM. el Rey, el Recurso n° 510/2000, interpuesto por VÍAS Y CONSTRUCCIONES SA., representada por el Procurador D./Dª. SANTIAGO RODRÍGUEZ JIMÉNEZ, contra el acto presunto derivado de la falta de resolución por el Excmo. Ayuntamiento de Sevilla del recurso ordinario interpuesto contra el acuerdo del Consejo de Gobierno de dicho Ayuntamiento de fecha 11 de febrero de 1998, representado y defendido por el Letrado del Excmo. Ayuntamiento de Sevilla.
Ha sido Ponente el Ilmo. Sr. D. Ruperto Martínez Morales, que expresa el parecer de esta Sala.
Interpuesto el presente recurso y previos los trámites oportunos, se confinó traslado a la parte actora para fomalizar la demanda, lo que verificó por escrito el día 16 de noviembre de 2001, en el que tras exponer los hechos y fundamentos de derecho que estimó pertinentes, solicitó se dictara sentencia estimatoria del recurso.
La Administración demandada, una vez conferido el trámite para contestar la demanda, presentó escrito en el que alegó los hechos y fundamentos de derecho que estimó pertinentes, solicitando una sentencia en la que se declarase la conformidad a Derecho de la resolución impugnada.
El día 31 de mayo de 2006 tuvo lugar la votación y fallo de este recurso.
El recurso aparece interpuesto contra la desestimación por silencio del Ayuntamiento de Sevilla de la reclamación del abono de intereses de demora formulada por la entidad actora por el retraso en el pago de diversas certificaciones de obra emitidas en el curso de la ejecución de las "Instalaciones Deportivas Campos del Mundial". Se trata de nueve certificaciones otra complementaria y una certificación liquidación, habiéndose producido la recepción definitiva de la obra en 30 de noviembre de 1994. El ayuntamiento demandado no niega la realidad de las obras sino que opone alegaciones concretas.
Es la primera la atinente a la inclusión en las certificaciones de la cuota del IVA., y debe ser acogida. El Tribunal Supremo, en sentencia de 10 de febrero de 2.001 , dictada para la unificación de la doctrina, ha establecido que el hecho imponible aparece constituido por la entrega o transmisión del poder de disposición sobre la cosa, y que en los supuestos de certificaciones de obra, el IVA. se devenga en el momento del efectivo cobro de la certificación, de acuerdo con las...
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