STSJ Andalucía , 1 de Febrero de 2001

PonenteRAFAEL MARIA ESTEVEZ PENDAS
ECLIES:TSJAND:2001:1255
Número de Recurso325/1997
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución 1 de Febrero de 2001
EmisorSala de lo Contencioso

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ANDALUCÍA SALA EN SEVILLA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO SECCIÓN TERCERA Recurso número 325/1997 SENTENCIA Ilmo. Sr. Presidente:

Don Rafael Osuna Ostos Ilmos. Sres. Magistrados:

Don Rafael Pérez Nieto Don Rafael Estévez Pendás En la ciudad de Sevilla, a 1 de febrero del año 2001, visto por la Sala el Recurso arriba referido, interpuesto por Ferrovial, Sociedad Anónima, representada por la Procuradora Doña Inmaculada Martín Martín, contra desestimación presunta por la Consejería de Obras Públicas y Transportes de la Junta de Andalucía de reclamación del pago de intereses legales de demora por retraso en el pago de certificaciones de obra. La cuantía de este Recurso es de 6.802.375 ptas. Ha sido parte la Junta de Andalucía, defendida por Letrado del Gabinete Jurídico de la Consejería de la Presidencia. Es ponente de esta Sentencia el Ilmo. Sr. Don Rafael Estévez Pendás, que expresa el parecer de la Sala.

Antecedentes de Hecho

Primero

Por la representación procesal de la recurrente se interpuso este Recurso y, después de cumplidos los trámites preceptivos formuló la demanda en la que, tras exponer los hechos que allí aparecen y, con cita de los Fundamentos de Derecho que estimaba aplicables al caso, terminaba interesando una Sentencia que, estimando el Recurso, se declarase el derecho de la recurrente al cobro del importe de los intereses de demora por retraso en el pago de la certificación número 1 de la obra denominada "

Complementario n°1. Construcción de 180 viviendas y locales comerciales en el Polígono Los Corrales (Cádiz) ", debiendo abonar la Junta de Andalucía en tal concepto a la recurrente la cantidad de 6.802.375 pts, que deberá incrementarse con el I.V.A aplicable a intereses, con condena a los intereses legales de la cantidad reclamada, y todo ello con condena en costas a la demandada.

Segundo

Trasladada la demanda a la Junta de Andalucía para su contestación, lo hizo admitiendo exclusivamente los hechos derivados del Expediente administrativo y, tras alegar los Fundamentos Jurídicos que consideró oportunos, concluyó interesando una Sentencia desestimatoria del Recurso por ajustarse a Derecho la Resolución recurrida.

Tercero

Despachado por las partes el trámite de conclusiones, el día 25 de enero del año 2001 tuvo lugar la votación y Fallo de este Recurso.

Fundamentos de Derecho

Primero

Se interpone este Recurso contra la desestimación presunta por la Consejería de Obras Públicas de la Junta de Andalucía, de la reclamación por Ferrovial S.A, que se hizo por medio de escritos de 13 de diciembre de 1991, 24 de febrero de 1995, 9 de mayo de 1996 y 13 de noviembre de 1996, del pago de los intereses de demora generados por el pago tardío de la certificación de obra número 1 de la obra efectuada por aquella denominada como arriba se ha reseñado, figurando a continuación de la anterior reclamación el cálculo del importe de los intereses de dicha certificación, aportado por la recurrente como documento adjunto al anterior, y que suma un total de 6.802.375 pts,...

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