STSJ Navarra 343/2008, 24 de Junio de 2008

PonenteJUAN ANTONIO HURTADO MARTINEZ
ECLIES:TSJNA:2008:449
Número de Recurso593/2007
Número de Resolución343/2008
Fecha de Resolución24 de Junio de 2008
EmisorSala de lo Contencioso

SENTENCIA Nº 000343/2008

ILTMOS. SRES.:

PRESIDENTE,

D. JOAQUÍN Mª MIQUELEIZ BRONTE

MAGISTRADOS,

D. ANTONIO RUBIO PÉREZ

D. JUAN ANTONIO HURTADO MARTÍNEZ

En Pamplona/Iruña, a 24 de Junio de 2008.

Vistos por la Sala de lo Contencioso-Administrativo de este Excmo. Tribunal Superior de Justicia de Navarra, constituida por los Señores Magistrados expresados, los autos del recurso número 0000593/2007, promovido contra Orden Foral nº 366 de 28 de junio de 2007 del Consejero de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Vivienda desestimatoria del recurso de alzada interpuesto contra la resolución nº821/2007 de 28 de febrero del Director General de Medio Ambiente por la que se sancionaba por infringir la Ley Foral 17/2005 de 22 de diciembre de caza y pesca de Navarra, siendo en ello partes: como recurrente, D. Octavio

, representado por el Procurador D. JAVIER CASTILLO TORRES y dirigido por el Letrado D. CARLOS IRUJO BERUETE; y como demandado, el GOBIERNO DE NAVARRA, representado y dirigido por el SR. ASESOR JURIDICO-LETRADO.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El presente recurso se interpuso el día 19 de octubre de 2007, ante el Juzgado de lo Contencioso- Administrativo nº 3 de esta sede, contra la resolución citada en el encabezamiento. El citado órgano se declaró incompetente a favor de esta Sala y mediante resolución de fecha 23 de octubre de 2007

, se acordó admitir a trámite por la Sala el presente recurso.

SEGUNDO

La demanda presentada por el recurrente fue contestada por el Asesor jurídico- Letrado de la Comunidad Foral en representación de esta Administración, quedando la cuantía del pleito establecida como indeterminada.

TERCERO

Habiéndose solicitado el recibimiento a prueba en el recurso, ésta se celebró en el modo reflejado en autos, abriéndose posterior trámite de conclusiones. Se señaló para votación y fallo, quedando los autos para dictar Sentencia.

Es Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado Especialista D. JUAN ANTONIO HURTADO MARTÍNEZ.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

El recurrente D. Octavio planteó la impugnación de la Orden Foral nº 366 de 28 de juniode 2007 del Consejero de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Vivienda, del Gobierno de Navarra, desestimatoria de recurso de alzada y de la Resolución nº 281/2007 de 28 de febrero del Director General de Medio Ambiente mediante la que se sancionaba al interesado como responsable de cometer una infracción prevista en el artículo 88,6 de la Ley Foral 7/2005 de Caza y Pesca de Navarra, por haber llevado a cabo la caza de una perdiz en un coto, estando inhabilitado para ello. La sanción impuesta, y confirmada en recurso de alzada, fue de 1.000 E. de multa, pérdida de la licencia de caza e inhabilitación para su obtención por un período de 2 años y pago de la cantidad de 60'10 E. por indemnización de los daños causados.

Antes de entrar en las alegaciones expresadas por el recurrente, es conveniente reseñar los hechos admitidos por ambas partes y que suponen el contexto dentro del cual se dictaron las resoluciones de la Administración y se contiene la impugnación planteada.

  1. - En fecha 22 de marzo de 2006, se comunicó a D. Octavio la incoación de expediente sancionador por una infracción en materia de caza, previa a la que nos ocupa.

  2. - En fecha 12 de mayo de 2006, el Director General de Medio Ambiente de Navarra dicta resolución sancionadora; no obstante, como el día 12 de may de 2006 se habían presentado alegaciones por el interesado, que no habían sido tenidas en cuenta, y como en fecha 8 de junio de 2006 se presenta por el interesado recurso de alzada, el mismo Director General dicta a fecha 30 de agosto de 2006 dicta nueva resolución que revocando y dejando sin efecto la anterior, adopta otro acuerdo en el que vuelve a imponer la misma sanción al interesado, concediendo plazo de un mes para...

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