STSJ Canarias , 19 de Junio de 2001

PonenteHUMBERTO GUADALUPE HERNANDEZ
ECLIES:TSJICAN:2001:2390
Número de Recurso535/2001
ProcedimientoSOCIAL
Fecha de Resolución19 de Junio de 2001
EmisorSala de lo Social

TRIB.SUPERIOR JUSTICIA SALA SOCIAL LAS PALMAS SENTENCIA: 535/2001 ROLLO N° RSU 546 /2001 40125 (mcm)

SALA DE LO SOCIAL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA COMUNIDAD AUTONOMA DE CANARIAS En LAS PALMAS a diecinueve de Junio de dos mil uno. La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Autónoma de CANARIAS formada por los Iltmos. Sres. D. HUMBERTO GUADALUPE HERNANDEZ Presidente, Dª. MARIA JESUS GARCIA HERNANDEZ Y D. RAFAEL ANTONIO LOPEZ PARADA Magistrados, ha pronunciado EN NOMBRE DEL REY la siguiente SENTENCIA En el recurso de suplicación interpuesto por ADMON. CDAD. AUTONOMA DE CANARIAS contra la sentencia del JDO. DE LO SOCIAL N. 3 de LAS PALMAS DE GRAN CANARIA de fecha 28.11.2000, dictada en los autos de juicio n° 141/2000 en proceso sobre DESPIDO, y entablado por D. Ramón , contra INSTITUTO CANARIO DE HEMODONACION Y HEMOTERAPIA DE SANIDAD Y CONSUMO GOBIERNO DE CANARIAS.

Es Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D. /ña HUMBERTO GUADALUPE HERNANDEZ, quien expresa el criterio de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La única instancia del proceso en curso se inició por demanda y terminó por sentencia, cuya relación de hechos probados es la siguiente:

  1. - Que en fecha 04-05-1.999, por el Juzgado de lo Social Num. 4 de esta Provincia se dicta sentencia en los Autos n° 705/97 cuyo tenor literal damos aquí por acreditado, y por reproducido y habiéndose recurrido dicha resolución ante la Sala de lo Social del T.S.J. de Canarias, los Autos han sido remitidos a esta en fecha 03-02-2.000 y encontrándose pendiente de señalamiento para deliberación, votación y Fallo.

  2. - Que en el Boletín Oficial de Canarias N° 12 de 28-01-2.000 se publica la Resolución de 20-01- 2000 dictada por la Dirección General de Función Pública por la que se anuncia la exposición de la lista provisional de admitidos y excluidos al procedimiento selectivo para adquirir la condición de personal fijo en los puestos vacantes del Grupo III sujetos a: régimen jurídico laboral en la Administración de la Comunidad Autónoma de Canarias convocado por Orden de 08-06-99 (B.O.C. n° 76 de 12-06-99) y constando el actor como Coordinador y bajo la R.P.T. n° 1420011002.

  3. - Que el actor ha venido percibiendo un salario diario sin prorrateo de pagas extras de 7.783 pesetas.

  4. - Que en fecha 14-01-2000 por el Instituto demandado se expide y notifica al actor carta cuyo tenor literal damos aquí por reproducidos (doc. n° 3 del ramo de prueba del actor)

    Asimismo, en fecha 13-01-2000 el Consejo del Instituto demandado acuerda la finalización del Contrato laboral suscrito con el actor, de acuerdo con lo ordenado por la Dirección General de la Función pública, al carecer de titulación adecuada para desempeñar el puesto de trabajo asignado en la R.P.T. del citado Instituto.

  5. - Que por la Entidad demandada se remitió al actor sucesivos escritos mediante los correspondientes acuses de recibos y en los términos que, recogidos en el hecho tercero de la demanda y en el expediente administrativo unido a autos, damos aquí por acreditados y por reproducidos.

  6. - Que en fecha 01-02-2000 el actor formula reclamación previa y resultando la misma desestimada por resolución de fecha 01-02-2.000. y en fecha 17-02-2000 aquél presenta la demanda que encabeza las presentes actuaciones.

SEGUNDO

La parte dispositiva de la Sentencia de instancia dice: "Que debo estimar y estimo la demanda promovida por D. Ramón , frente al INSTITUTO HEMODONACION Y HEMOTERAPIA, sobre DESPIDO, debo calificar y califico improcedente del actor y condeno al Instituto demandado a la readmisión del demandante en idénticas condiciones que regían antes de producirse aquél o, a su elección, abone al actor, en concepto de indemnización la cantidad de tres millones seiscientas veintiséis mil ochocientas setenta y ocho pesetas (3.626.878 ptas); y en todo caso, abono al demandante los...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR