STSJ Andalucía 1762/2002, 9 de Octubre de 2002
Ponente | FRANCISCO JAVIER VELA TORRES |
ECLI | ES:TSJAND:2002:13849 |
Número de Recurso | 993/2002 |
Procedimiento | SOCIAL |
Número de Resolución | 1762/2002 |
Fecha de Resolución | 9 de Octubre de 2002 |
Emisor | Sala de lo Social |
D. ANTONIO NAVAS GALISTEOD. JOSE LUIS BARRAGAN MORALESD. FRANCISCO JAVIER VELA TORRES
Rollo de Suplicación nº: 993/02
Sentencia nº : 1762/02
Presidente Ilmo. Sr. D. ANTONIO NAVAS GALISTEO
Magistrados Ilmo. Sr. D. JOSE LUIS BARRAGAN MORALES Ilmo. Sr. D. FRANCISCO JAVIER VELA TORRES
En Málaga a nueve de octubre de dos mil dos.
La Sala de lo Social en Málaga del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, compuesta por los Ilmos. Sres. citados al margen y
EN NOMBRE DEL REY
ha dictado la siguiente: S E N T E N C I A
En el recurso de Suplicación interpuesto por Doña Claudia contra la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social número ocho de Málaga, ha sido ponente el Iltmo. Sr. D. FRANCISCO JAVIER VELA TORRES.
Que según consta en autos se presentó demanda por Doña Claudia sobre cantidad siendo demandado el Servicio Andaluz de la Salud habiéndose dictado sentencia por el Juzgado de referencia en fecha 30 de noviembre de 2000 en los términos que se recogen en su parte dispositiva.
En la sentencia aludida se declararon como hechos probados los siguientes: 1º).- La actora presta su trabajo enel Servicio de Gestoria de Usuarios del referido Hospital, en el cual realiza idénticas funciones que el personal que ostenta la categoría de administrativo, atendiendo las diversas tareas en turnos rotativos alternandose con ellos. Las fundamentales funciones que realizan son: -Información estado de pacientes y pruebas realizadas a sus familiares en urgencias. -Información por telefono. -Información de pacientes en quirófano entregando pases para la sala de espera e informando cada hora.-Pasar a ordenador las tarjetas de visita entregadas y dia. -Dar justificantes de personas ingresadas intervenidas quirúrgicamente o en consultas. -Avisar al Juez de guardia en caso de cadáver judicial. -Guardar en caja fuerte, previo aviso de un personal de seguridad, las pertenencias de valor de los pacientes ingresados por Urgencias, anotando en un libro de registro y firmando como responsable. -Localizara a familiares de pacientes que estén sólos y requieran su presencia. -Informar al usuario de cualquier duda referente a localización, trámite, gestión, etc. con relación al hospital o sus derivados. -Averiguar datos incompletos de pacientes que están ingresados para grabar en ordenador. 3º).- Reclama 445.905 ptas. en concepto de diferencias salariales por desempeño de superior categoría, según desglose hecho 30 de demanda que se da por reproducido. 4º).- La Inspección de Trabajo ha emitido informe. 5º).- Se ha agotado la via previa. 6º).- La demanda se presentó el 04.04.00.
Que contra dicha sentencia anunció Recurso de Suplicación la parte actora, recurso que formalizó, siendo impugnado de contrario. Recibidos los autos en este Tribunal se proveyó el pase de los mismos a ponente para su examen y resolución.
Al amparo del artículo 191 c) de la Ley de Procedimiento Laboral, las demandantes denuncian infracción del artículo 39.4, en relación...
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