STSJ Murcia 423/2004, 30 de Junio de 2004
Ponente | FERNANDO CASTILLO RIGABERT |
ECLI | ES:TSJMU:2004:2626 |
Número de Recurso | 123/2001 |
Procedimiento | CONTENCIOSO |
Número de Resolución | 423/2004 |
Fecha de Resolución | 30 de Junio de 2004 |
Emisor | Sala de lo Contencioso |
SENTENCIA nº 423/04.
En Murcia, a treinta de junio de dos mil cuatro.
En el recurso contencioso administrativo nº 1230/01, tramitado por las normas ordinarias, en cuantía inferior a veinticinco millones de ptas., y referido a: inadmisión de reclamación económico administrativa.
Parte demandante:
Ayuntamiento de Totana, representada por el Procurador D. Francisco Aledo Martínez y defendida por el Letrado Dª Eva Tudela Martínez.
Parte demandada:
La Administración del Estado, representada y dirigida por el Sr. Abogado del Estado.
Acto administrativo impugnado:Resolución de 23 de febrero de 2001 dictada por el TEARM, recaída en el expediente 30/2844/98, que desestimaba la reclamación que efectuó el Ayuntamiento de Totana contra la liquidación practicada por la Confederación Hidrográfica del Segura en concepto de canon de vertidos correspondiente al año 1997.
Pretensión deducida en la demanda:
Dicte en su día Resolución que, con imposición de costas causadas a la recurrida por su temeridad, declare no ser conforme a Derecho la resolución impugnada dictada por el TEARM en fecha 23 de febrero de 2001 y, en consecuencia, declare la nulidad de la liquidación RAV (106)-1/87 EDAR de Sotana practicad en fecha 3 de febrero de 1998, por la Confederación Hidrográfica del Segura en concepto de canon de vertidos correspondiente al año 1997, con imposición de las costas causadas a la Administración demandada si se opusiere.
Siendo Ponente el Magistrado Ilmo. Sr. D. Fernando Castillo Rigabert quien expresa el parecer de la Sala.
El escrito de interposición del recurso contencioso administrativo se presentó el día 16 de julio de 2001, y admitido a trámite, y previa reclamación y recepción del expediente, la parte demandante formalizó su demanda deduciendo la pretensión a que antes se ha hecho referencia.
La parte demandada se ha opuesto pidiendo la desestimación de la demanda, por ser ajustada al Ordenamiento Jurídico la resolución recurrida.+
Ha habido recibimiento del proceso a prueba, con el resultado que consta en las actuaciones y cuya valoración se hará en los fundamentos de Derecho de esta sentencia.
Después de evacuarse el trámite de conclusiones se señaló para la votación y fallo el día 28 de junio de 2004.
La Corporación recurrente interpuso, el 17 de noviembre de 1998, reclamación económico administrativa ante el TEARM contra liquidación girada en concepto de canon de vertidos de la EDAR correspondiente al ejercicio 1997, por importe de 3.900.000 ptas. Se fundamenta el recurso en que la resolución era nula de pleno derecho por haber sido dictada por órgano manifiestamente incompetente -en concreto el Secretario General de la CHS-, oponiéndose, asimismo, en cuanto al fondo por motivos diversos (carencia de motivación, falta de acreditación de los vertidos, fijación unilateral del volumen de vertidos, falta de acreditación de la calidad de las aguas e infracción del procedimiento de la toma de aguas.
La resolución impugnada desestimó la...
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