STSJ Andalucía , 18 de Junio de 2001

PonenteJUAN MANUEL CIVICO GARCIA
ECLIES:TSJAND:2001:8753
Número de Recurso2296/1997
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución18 de Junio de 2001
EmisorSala de lo Contencioso

SECCIÓN PRIMERA RECURSO 2.296/97 TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ANDALUCÍA SENTENCIA NÚM. 423 DE 2.001 SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO Ilmo. Sr. Presidente:

D. Rafael Puya Jiménez Ilmos. Sres. Magistrados D. Juan Manuel Cívico García D. Ernesto Eseverri Martínez

En la ciudad de Granada, a dieciocho de Junio de dos mil uno. Ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, con sede en Granada, se ha tramitado el recurso número 2.296/97 seguido a instancia de SOCIEDAD AGRARIA DE TRANSFORMACIÓN Nº 3166, DENOMINADA AVIGAR, que comparece representada por el Procurador D. Juan José Martínez Ogallar y dirigida por Letrado, siendo parte demandada la CONSEJERÍA DE AGRICULTURA Y PESCA, en cuya representación y defensa interviene el Letrado adscrito al Gabinete Jurídico de la Junta de Andalucía. La cuantía del recurso es indeterminada.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Interpuesto recurso contencioso-administrativo, se admitió a trámite el mismo y se acordó reclamar el expediente administrativo, que ha sido aportado.

SEGUNDO

En su escrito de demanda la parte actora expuso cuantos hechos y fundamentos de derecho consideró de aplicación y terminó por suplicar a la Sala por la que, estimandolo, revoque las Resoluciones Administrativas recurridas por no encontrarse las mismas ajustadas a Derecho, manteniendo la Concesión Administrativa a favor de mi representada sin que haya lugar a declarar su caducidad, con expresa imposición de costas a la Administración recurrida.

TERCERO

En su escrito de contestación a la demanda, la Administración demandada se opuso a las pretensiones del actor, y tras exponer cuantos hechos y fundamentos de derecho consideró de aplicación, solicitó se dictase sentencia por la que desestime el presente Recurso contencioso-administrativo, confirmando íntegramente las resoluciones impugnadas.

CUARTO

Acordado el recibimiento a prueba por plazo de treinta días comunes a las partes para proponer y practicar, en dicho período se practicaron aquellas pruebas que propuestas en tiempo y forma por las partes, la Sala admitió y declaró pertinentes, incorporándose las mismas a los autos con el resultado que en estos consta.

QUINTO

Declarado concluso el período de prueba y al no solicitar las partes la celebración de vista pública, ni estimarse necesario por la Sala, se acordó darles traslado para conclusiones escritas, cumplimentándose el mismo mediante escrito en que reiteraron las peticiones contenidas en los de demanda y contestación. Se señaló para deliberación, votación y fallo del presente recurso el día y hora señalado en autos, en que efectivamente tuvo lugar, habiéndose observado las prescripciones legales en la tramitación del recurso.

Visto, habiendo actuado como Magistrado Ponente el Ilmo. Sr. Don Juan Manuel Cívico García.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Constituye objeto del presente recurso contencioso-administrativo la impugnación por la Sociedad Agraria de Transformación nº 3166, denominada Avigar, de la Orden de 31 de Marzo de 1.997 de la Consejería de Agricultura y Pesca de la Junta de Andalucía, que desestimando el recurso...

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