STSJ Murcia , 31 de Diciembre de 2002

PonenteJOAQUIN MORENO GRAU
ECLIES:TSJMU:2002:3250
Número de Recurso1401/1999
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución31 de Diciembre de 2002
EmisorSala de lo Contencioso

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RECURSO nº. 1.401/99.

SENTENCIA nº. 1.098/2002.

LA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MURCIA SECCIÓN SEGUNDA compuesta por los Ilmos. Srs.:

D. Abel Ángel Sáez Doménech Presidente D. Mariano Espinosa de Rueda Jover D. Joaquín Moreno Grau Magistrados ha pronunciado EN NOMBRE DEL REY la siguiente S E N T E N C I A nº 1.098/2.002.

En Murcia a 31 de diciembre de dos mil dos. En el recurso contencioso administrativo nº. 1.401/99 ptas. tramitado por las normas ordinarias, en cuantía de 188.550 pesetas, y referido a: petición de devolución de ingresos indebidos correspondientes a bonificación fiscal de una S.L.L. Parte demandante:

"Cafeterías Lamerzu, S.L.L.", representada por el Procurador D. Diego García Mortensen y defendida por el Abogado D. Juan Manuel Díaz Hernández.

Parte demandada:

La Administración Civil del Estado, representada y defendida por el Sr. Abogado del Estado.

Parte codemandada:

La Administración Regional de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, representada y defendida por un Letrado de sus Servicios Jurídicos.

Acto administrativo impugnado:

Resolución del Tribunal Económico Administrativo Regional de Murcia de fecha 25 de marzo de 1999, que desestimaba la reclamación económico administrativa número 30/1329/98, formulada contra acuerdo del Director General de Tributos de la Consejería de Economía y Hacienda de la C.A.R.M. por el que se desestima la solicitud de devolución de ingresos indebidos presentada por la actora en relación con autoliquidación de 18 de febrero de 1.998 por el concepto impositivo "Actos Jurídicos Documentados", con una cuota tributaria de 209.500 pesetas.

Pretensión deducida en la demanda:

Que se dicte sentencia por la que se declare la nulidad de la resolución recurrida declarando haber lugar a la bonificación solicitada, considerando ingreso indebido el realizado y ordenando la devolución de 188.550 pesetas.

Siendo Ponente el Magistrado Ilmo. Sr. D. Joaquín Moreno Grau, quien expresa el parecer de la Sala.

I-

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El escrito de interposición del recurso contencioso administrativo se presentó el día 2-12-99, y admitido a trámite, y previa su publicación en el Boletín Oficial de la Región de Murcia, reclamación y recepción del expediente, la parte demandante formalizó su demanda deduciendo la pretensión a que antes se ha hecho referencia.

SEGUNDO

La parte demandada y codemandada se han opuesto pidiendo la desestimación de la demanda, por ser ajustada al Ordenamiento Jurídico la resolución recurrida.

TERCERO

Ha habido recibimiento del proceso a prueba, con el resultado obrante en autos y cuya...

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