STSJ Cataluña 10342, 10 de Octubre de 2005

PonenteIGNACIO MARIA PALOS PEÑARROYA
ECLIES:TSJCAT:2005:10342
Número de Recurso7244/2004
ProcedimientoSOCIAL
Número de Resolución10342
Fecha de Resolución10 de Octubre de 2005
EmisorSala de lo Social

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTÍCIA CATALUNYA SALA SOCIAL NIG :

MT ILMO. SR. JOSÉ QUETCUTI MIGUEL ILMO. SR. IGNACIO MARÍA PALOS PEÑARROYA ILMA. SRA. ROSA MARIA VIROLÉS PIÑOL En Barcelona a 10 de octubre de 2005 La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, compuesta por los/as Ilmos/as.

Sres/as. citados al margen, EN NOMBRE DEL REY ha dictado la siguiente S E N T E N C I A núm. 7674/2005 En el recurso de suplicación interpuesto por Ana María frente a la Sentencia del Juzgado Social 6 Barcelona de fecha 20 de mayo de2004 dictada en el procedimiento Demandas nº 433/2003 y siendo recurrido/a Servicio Público de Empleo Estatal (INEM). Ha actuado como Ponente el Ilmo. Sr. IGNACIO MARÍA PALOS PEÑARROYA.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Con fecha 6 de junio de 2003 tuvo entrada en el citado Juzgado de lo Social demanda sobre Desempleo, en la que el actor alegando los hechos y fundamentos de derecho que estimó procedentes, terminaba suplicando se dictara sentencia en los términos de la misma. Admitida la demanda a trámite y celebrado el juicio se dictó sentencia con fecha 20 de mayo de 2004 que contenía el siguiente Fallo:

"Que desestimó la demanda interpuesta por Ana María contra INSTITUTO NACIONAL DE EMPLEO en reclamación en materia de prestación de desempleo, absolviendo al INEM de las pretensiones en la misma contenidas".

SEGUNDO

En dicha sentencia, como hechos probados, se declaran los siguientes:

"1.- Por resolución de fecha 4-4-01 se reconoció a la actora subsidio para mayores de 52 años con fecha de inicio de 11-1-01 y a tiempo parcial (50%) al haber agotado en su día una prestación de desempleo contributivo a tiempo parcial.

Contra dicha resolución presentó en fecha 22-05-01 reclamación previa indicando que la ocupación anterior inmediata a la solicitud del subsidio fue un contrato de duración determinada a tiempo completo solicitando que el subsidio le fuera reconocido a tiempo completo. Dicha reclamación e desestimó expresamente por resolución de 12 de junio de 2001.

  1. - En fecha 20-7-01 interpuso demanda en el Juzgado de lo Social que correspondió al Juzgado núm. 19 de Barcelona que se archivó po incomparecencia de la actora al acto de juicio.

  2. - En fecha 11-12-02 presentó la actora escrito en que solicitaba la rehabilitación y reproducción del expediente cuya resolución se dictó el 4-4-01 para que se le reconociera el 100 por 100 del subsidio de mayor de 52 años pues el empleo perdido antes del 11-1-01 lo fue a tiempo completo.

    En contestación a ese escrito, por el INEM, en fecha 3 de febrero de 2003, haciendo referencia a los antecedentes que obran en los dos hechos anteriores, se comunicó a la actora que a la vista de ello no procediera revisión de su expediente. En fecha 12-03-03 por la actora se presentó reclamación previa contra el mismo. No consta resolución expresa de la misma.

  3. - La actora consta como perceptora de la prestación de desempleo extinción nivel contributivo de 16-06-00 a 15-10-00 con porcentaje del 50%.

    LA actora en fecha 11-12-00 suscribió contrato de trabajo de duración determinada a tiempo completo con la empresa TECSO, S.A., con finalización el 10 de enero de 2001 para la sustitución de la trabajadora Sra. Asunción con derecho a reserva de puesto de trabajo por hallarse en situación de I.T.".

TERCERO

Contra dicha sentencia anunció recurso de suplicación la parte actora, que formalizó dentro de plazo, y que la parte contraria, a la que se dió traslado no impugnó, elevando los autos a este Tribunal dando lugar al presente rollo.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Recurre en suplicación Dª Ana María la sentencia que desestimó su demanda contra el Instituto Nacional de Empleo en la que solicitaba un mayor porcentaje en el subsidio de desempleo para mayores de 52 años que tiene reconocido, solicitando en primer lugar, al amparo del apartado b) del artículo 191 de la Ley de Procedimiento Laboral , la revisión del hecho probado cuarto y la adición de dos nuevos hechos. La primera solo va encaminada a introducir que también percibió prestaciones por desempleo de nivel contributivo desde el 12.10.84 al 11.10.86 en cuantía del 100 por 100, lo que se reitera en el motivo siguiente al cual se va a acceder, siendo por ello innecesario consignar dos veces el mismo dato.

SEGUNDO

Pretende a continuación la recurrente introducir un nuevo hecho probado quinto del siguiente tenor: "la actora acredita desde el 1.3.65 al 31.3.84 una cotización de 3.953 días a jornada completa, así como una prestación por desempleo contributivo de 730 días, también a tiempo completo, desde el 12.10.84 al 11.10.86. Desde el 10.12.91 a 15.6.00 acredita una cotización de 292 días por realizar la siguiente jornada a tiempo parcial y en porcentaje que se dirá: de 17.12.91 a 19.6.92: 64%: de 1.9.95 a 19.6.98: 20%; de 22.6.99 a 28.2.99: 22%; de 1.3.99 a 23.5.00: 22%; de 1.6.00 a 15.6.00: 62'50%. Percibió prestación por desempleo por el periodo 16.6.00 a 15.10.00 al 50%. Del 11.12.00 a 10.01.01 trabajó a jornada completa". Procede acceder a dicha adición al basarse en el informe de vida laboral que las dos partes aportan. Ha de desestimarse, por el contrario, el siguiente motivo en el que a partir de los datos anteriores se concluye, mediante simples operaciones aritméticas, pero sin base en documento alguno como es preceptivo, que la proporción del tiempo cotizado en jornada completa y el tiempo cotizado por jornada parcial es el 99'99".

TERCERO

En un segundo apartado destinado a examinar la posible infracción de normas sustantivas o de la jurisprudencia denuncia la infracción del artículo 217.1 de la Ley General de la Seguridad Social , alegando en síntesis que no accede a la prestación del subsidio de desempleo para mayores de 52 años por haber perdido un empleo a tiempo parcial sino uno a tiempo completo y que teniendo en cuenta todas las cotizaciones que ha efectuado a lo largo de su vida laboral y con la finalidad de aplicar una...

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