STSJ Comunidad Valenciana , 3 de Octubre de 2002

PonenteCARLOS ALTARRIBA CANO
ECLIES:TSJCV:2002:9372
Número de Recurso2231/1998
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución 3 de Octubre de 2002
EmisorSala de lo Contencioso

1 Recurso Nº.- 2231.98 y Ac. SENTENCIA Nº 1282 TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA COMUNIDAD VALENCIANA SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO SECCIÓN PRIMERA Ilmo. Sres.:

Presidente D. Juan Luis Lorente Almiñana Magistrados D. Carlos Altarriba Cano D. Mariano Ayuso y Ruiz de Toledo

En Valencia, a tres de octubre del año dos mil dos. VISTO por el Tribunal el Recurso Contencioso- Administrativo promovido por D. RICARDO DE VICENTE DOMINGO, en nombre y representación de la entidad "FONDO INMOBILIARIO VALENCIANO S.A.", contra el Excmo. Ayuntamiento de Burjasot. Habiendo comparecido en estos autos la administración demandada, representada por Don Francisco Hurtado Orts.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Interpuesto el recurso y seguidos los tramites prevenidos por la Ley, se emplazo al demandante para que formalizara la demanda, lo que verifico mediante escrito en el que se suplica se dicte sentencia declarando no ajustada a derecho la resolución recurrida.

SEGUNDO

La representación de la parte demandada, contesto la demanda mediante escrito en el que se suplica se dicte sentencia por la que se confirme la resolución recurrida.

TERCERO

habiéndose recibido el proceso a prueba, se emplazo a las partes para que evacuasen el tramite de conclusiones prevenido por el articulo 78 de la ley de esta jurisdicción y, verificado, quedaron los

Autos pendientes para votación y fallo.

CUARTO

Se señalo votación y fallo para la audiencia del día primero de los corrientes teniendo así lugar.

QUINTO

En la tramitación del presente procedimiento se han observado todas las formalidades legales.

Ha sido ponente de estos Autos el Ilmo. MAGISTRADO DON Carlos Altarriba Cano.

VISTOS los preceptos legales citados por las partes, concordantes y, demás de general aplicación, se hacen los siguientes.

FUNDAMENTOS JURÍDICOS
PRIMERO

Se interpone el presente recurso contencioso administrativo contra cuatro resoluciones todas ellas de fecha 22 de mayo de 1998, desestimatorias de los correspondientes recursos de reposición, planteados por la actora contra otros tantos actos de liquidación tributaria, girados por el concepto de Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana.

La actora articula un doble fundamento jurídico y, así:

a).- En relación con el expediente nº 1998/000104, por transmisión de una parcela sita en la plaza de L'Eixereta, parcela AJV, entiende la actora que respecto de tal parcela, calificada urbanísticamente como área de juegos para niños, es equivalente a una zona verde, y no procede liquidar el impuesto porque no hay incremento de valor.

b).- En relación con los expedientes 1998/000101, parcela de 1.700 m2, plaza de L'Eixereta (B-8); expediente nº 1998/000102, parcela de 1.117 m2, Plaza de L'Eixereta (B-8); y expediente nº 1998/000103, parcela de 494.96 m2, plaza de L'Eixereta (B-7), plantea el tema de ser excesivo el valor catastral que sirve de base para girar el impuesto que aquí se cuestiona.

SEGUNDO

La administración demandada afirma categóricamente que, la base imponible, y en concreto la valoración catastral del inmueble transmitido, es un elemento indiscutible en el impuesto sobre incremento del valor de los terrenos.

La mecánica aplicativa en el impuesto que se considera, ha sido...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR