STSJ Extremadura , 26 de Febrero de 2002

PonenteISAAC MERINO JARA
ECLIES:TSJEXT:2002:483
Número de Recurso1728/1998
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución26 de Febrero de 2002
EmisorSala de lo Contencioso

La Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura, integrada por los Iltmos. Sres. Magistrados del margen, en nombre de S. M. el Rey han dictado la siguiente :

SENTENCIA Nº

PRESIDENTE : DON WENCESLAO OLEA GODOY.

MAGISTRADOS DON DANIEL RUIZ BALLESTEROS DOÑA FATIMA DE LA CRUZ MERA DON ISAAC MERINO JARA /

En Cáceres a veintiséis de Febrero de dos mil dos.- Visto el recurso contencioso administrativo nº 1728 de 1998, promovido por el Letrado de la Tesorería General de la Seguridad Social de Badajoz, en nombre y representación de TESORERIA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL DE BADAJOZ, siendo demandada EL EXCMO AYUNTAMIENTO DE BADAJOZ, representado por el Procuradora Sra. Bueso Sánchez; recurso que versa sobre: " Resolución del Ayuntamiento de Badajoz, de 13.5.98 desestimatoria de recurso de reposición interpuesto en fecha 18 de Marzo de 1998.".

C U A N T I A : 147.586.815pesetas.-

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por la parte actora se presentó escrito mediante el cual interesaba se tuviera por interpuesto recurso contencioso administrativo contra el acto que ha quedado reflejado en el encabezamiento de esta sentencia.- SEGUNDO: Seguido que fue el recurso por sus trámites, se entrego el expediente administrativo a la representación de la parte actora para que formulara la demanda, lo que hizo seguidamente dentro del plazo, sentando los hechos y fundamentos de derecho que estimó pertinentes y terminando suplicando se dictara una sentencia por la que se estime el recurso, con imposición de costas a la demandada ; dado traslado de la demanda a la parte demandada de la Administración para que la contestase, evacuó dicho trámite interesando se dictara una sentencia desestimatoria del recurso, con imposición de costas a la parte actora.- TERCERO: Recibido el recurso a prueba, se admitieron y practicaron todas las propuestas, obrando en los ramos separados de las partes, declarándose concluso este periodo, se pasó al de conclusiones, donde las partes evacuaron por su orden interesando cada una de ellas se dictara sentencia de conformidad a lo solicitado en el suplico de sus escritos de demanda y de contestación a la misma, señalándose seguidamente día para la votación y fallo del presente recurso, que se llevó a efecto en el fijado.- CUARTO: En la tramitación del presente recurso se han observado las prescripciones legales; Siendo Ponente para este trámite el Iltmo. Sr. Magistrado DON ISAAC MERINO JARA .-

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Mediante el presente recurso contencioso administrativo, interpuesto por la Tesorería de la Seguridad Social se recurre la resolución desestimatoria, fechada el 13 de mayo de 1998, del recurso de reposición interpuesto a su vez contra la Resolución del Ayuntamiento de Badajoz de 18 de febrero de 1998 mediante la que se acuerda la compensación de la deuda que el INSALUD mantiene con él en concepto de Impuesto sobre Bienes Inmuebles con las obligaciones reconocidas por el Ayuntamiento a favor de la Seguridad Social.

SEGUNDO

La Tesorería General de la Seguridad Social fundamenta su impugnación en el artículo 7 de la Ley 39/1998, de 28 de diciembre, de Haciendas Locales por cuanto las facultades de gestión y recaudación de tributos se ejercitan por el Organismo Autónomo de Recaudación y Gestión Tributaria de la Diputación de...

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