STSJ Cantabria , 8 de Octubre de 2002

PonenteMARIA TERESA MARIJUAN ARIAS
ECLIES:TSJCANT:2002:1786
Número de Recurso128/2002
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución 8 de Octubre de 2002
EmisorSala de lo Contencioso

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CANTABRIA SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO SENTENCIA Iltmo. Sr. Presidente:

Don Cesar Tolosa Tribiño Iltmos. Sres. Magistrados Doña María Teresa Marijuan Arias Don José Luis Domínguez Garrido En la Ciudad de Santander, a 8 de octubre de 2002. La Sala de lo Contencioso- Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria ha visto el recurso de apelación número 128/02 interpuesto por el AYUNTAMIENTO DE REINOSA, representado por la Procuradora Doña Yolanda Vara García y defendido por el Letrado Don Santiago López Arenal contra la Sentencia dictada por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo n° 3 de Santander de fecha 5 de junio de 2001, siendo parte apelada la UNION GENERAL DE TRABAJADORES representada y defendida por el Letrado Don Ricardo Trancho Pérez y adhiriéndose a la apelación DON Benedicto , representado y defendido por el Letrado Don Severino García Posada. Es ponente la Iltma. Sra. Doña María Teresa Marijuan Arias, quien expresa el parecer de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El recurso de apelación se interpuso el día 29 de junio de 2001 contra la Sentencia del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo n° 3 de Santander, dictada en fecha 5 de junio de 2001 que en su parte dispositiva establece que: " con desestimación de las causas de inadmisibilidad alegadas por las partes codemandadas, estimo el recurso contencioso- administrativo formulado por la Unión General de Trabajadores contra el Ayuntamiento de Reinosa y contra Don Benedicto , por lo que se declara la nulidad de la convocatoria de pruebas selectivas para cubrir con carácter temporal la plaza de Auxiliar de la Policía Local del Ayuntamiento de Reinosa, publicadas en el BOC. el día 14 de noviembre de 2000, sin realizar expresa condena en costas."

SEGUNDO

Contra la referida Sentencia se interpuso recurso de apelación en fecha 28 y 29 de junio de 2001, dándose traslado a efectos de poder formular su oposición a la parte apelada, que formula escrito oponiéndose a la apelación el día 8 de julio de 2002.

TERCERO

En fecha 5 de septiembre de 2002 se dictó providencia elevando las actuaciones a esta Sala y no habiéndose solicitado la apertura de período probatorio, ni celebración de vista o conclusiones por escrito, se declaró el recurso concluso para sentencia, señalándose para la votación y fallo el día 26 de septiembre de 2002, en que se deliberó, votó y falló.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Se debate en el presente proceso la conformidad a Derecho de la Sentencia del Juzgado de lo Contencioso- Administrativo n°3 de Santander, dictada en fecha 5 de junio de 2001 que en su parte dispositiva establece que: " con desestimación de las causas de inadmisibilidad alegadas por las partes codemandadas, estimo el recurso contencioso- administrativo formulado por la Unión General de Trabajadores contra el Ayuntamiento de Reinosa y contra Don Benedicto , por lo que se declara la nulidad de la convocatoria de pruebas selectivas para cubrir con carácter temporal la plaza de Auxiliar de la Policía Local del Ayuntamiento de Reinosa, publicadas en el BOC. el día 14 de noviembre de 2000, sin realizar expresa condena en costas."

SEGUNDO

La Sentencia del Juez de Instancia estimando la demanda contra la convocatoria de pruebas selectivas de una plaza de Auxiliar de Policía en el Ayuntamiento de Reinosa tiene como fundamento la aplicación directa del art. 6 de la Ley 7/1994, de Coordinación de Policías Locales de Cantabria, que señala que "en los municipios donde no existe cuerpo de Policía Local, sus cometidos serán ejercidos...

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