STSJ Castilla y León , 28 de Octubre de 2003

PonenteSANTOS HONORIO DE CASTRO GARCIA
ECLIES:TSJCL:2003:4826
Número de Recurso70/1999
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución28 de Octubre de 2003
EmisorSala de lo Contencioso

Recurso n° 70/99 sección 1ª B TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CASTILLA Y LEON SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SEDE EN VALLADOLID SENTENCIA N° 1.244 ILTMOS. SRES.

PRESIDENTE:

DON EZEQUÍAS RIVERA TEMPRANO MAGISTRADOS:

DON ANTONIO J. FONSECA HERRERO RAIMUNDO DON SANTOS HONORIO DE CASTRO GARCÍA En Valladolid, a veintiocho de octubre de dos mil tres.

Visto por la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, con sede en Valladolid, el presente recurso en el que se impugna:

Resolución de 3 de noviembre de 1.998 de la Dirección General de Administración Territorial de la Consejería de Presidencia y Administración Territorial, por la que se desestima el recurso ordinario interpuesto contra resolución por la que se acordaba, entre otros extremos, reducir el aforo a un máximo de 205 juzgadores de la Sala de Bingo sita en la P/Fuente Dorada n° 5 de Valladolid.

Son partes en dicho recurso:

Como recurrente: ANFEDASA, SA. representado por el Procurador Sr. REDONDO ARROZ y bajo la dirección letrada del Sr. LÓPEZ-ENRIQUEZ CHILLÓN.

Como demandado: CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA Y ADMINISTRACIÓN TERRITORIAL DE LA JUNTA DE CASTILLA Y LEÓN representado por y defendido por el LETRADO DE LA JUNTA DE CASTILLA Y LEÓN.

Como codemandado: ASOCIACIÓN CULTURAL "CENTRO SEGOVIANO DE VALLADOLID., representado por el Procurador sr. Alonso Zamorano y defendido por el Letrado Sr. Díez Martínez.

Ha sido Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado DON SANTOS HONORIO DE CASTRO GARCÍA

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Interpuesto y admitido a trámite el presente recurso, y recibido el expediente administrativo, la parte recurrente dedujo demanda en la que, con base en los hechos y fundamentos de derecho en ella expresados, solicitó de este Tribunal el dictado de una Sentencia por la que estimando la totalidad de las pretensiones deducidas declare la nulidad del acto recurrido y restablecer el aforo de la Sala de Bingo en 250 personas.

Por OTROSI, se interesa el recibimiento a prueba del recurso.

SEGUNDO

En el escrito de contestación, con base en los hechos y fundamentos de derecho expresados en el mismo, se solicitó de este Tribunal el dictado de una sentencia por la que se desestime el recurso, por ser el acto administrativo en cuestión conforme a derecho.

TERCERO

El procedimiento se recibió a prueba, desarrollándose la misma con el resultado que obra en autos.

CUARTO

Presentados escritos de conclusiones, se señaló para votación y fallo del presente recurso el día veinticuatro de los corrientes.

QUINTO

En la tramitación de este recurso se han observado las prescripciones legales, salvo los plazos en ella fijados por causa del volumen de pendencia y trabajo que soporta la Sala.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Se impugna en este proceso contencioso la resolución de 3 de noviembre de 1.998, de la Dirección General de la Administración Territorial, de la Consejería de Presidencia y Administración Territorial, por la que se desestima el recurso ordinario interpuesto contra otra resolución que acordaba, entre otros extremos, reducir el aforo de la Sala de Bingo, sita en la C/ Fuente Dorada, n° 5, de esta ciudad, a un máximo de 205 juzgadores.

El principal argumento de la actora, para sustentar la pretensión de plena jurisdicción articulada en este proceso, es el de la indefensión que a su juicio ha sufrido en la tramitación del procedimiento administrativo sustanciado para la renovación de la autorización de la sala de bingo. Y aduce al respecto que...

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