STSJ Canarias , 16 de Febrero de 2001

PonenteINMACULADA RODRIGUEZ FALCON
ECLIES:TSJICAN:2001:651
Número de Recurso1955/1997
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución16 de Febrero de 2001
EmisorSala de lo Contencioso

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SEDE LAS PALMAS Ref: RCA 1955/1997 Sentencia número 319/2.001 Ilustrísimos Señores Magistrados:

D. Jesús Jose Suarez Tejera (Presidente)

Dª. Inmaculada Rodríguez Falcón D. Manuel López Miguel En Las Palmas de Gran Canaria, a dieciséis de febrero de dos mil uno Visto por la Sala de lo Contencioso Administrativo del T.S.J. de Canarias, con sede en esta capital, el presente recurso Contencioso Administrativo Núm 1955/1997 interpuesto por D. Juan Miguel y Blanca , asistido por Letrado Sr. Rodriguez Diaz contra la Comunidad Autonoma de Canarias, asistida por el Sr. Letrado de sus servicios jurídicos, versando sobre autorización para reaparición y limpieza de camino siendo la cuantía del recurso inferior a 25 millones de pesetas.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Interpuesto el recurso y seguidos los trámites prevenidos en la ley se puso de manifiesto el expediente administrativo, a la parte recurrente para formalizar la demanda, lo que verificó mediante escrito en que suplica se dicte Sentencia estimando el recurso y dejando sin efecto la resolución recurrida.

SEGUNDO

Formulada la demanda por la parte recurrente se dio traslado al Sr. Abogado del Estado, que contestó la demanda mediante escrito en el que suplica se dicte Sentencia por la que se desestime el recurso con imposición de costas a la actora.

TERCERO

Recibido el proceso a prueba, y transcurrido el término de la misma, se emplazo a las partes para que evacuasen el trámite de conclusiones previsto por él artículo 78 de la L.J. y verificados quedaron las actuaciones pendientes de señalamiento.

CUARTO

Para votación y Fallo del presente proceso se señaló audiencia de fecha 16/2/2000, teniendo así lugar QUINTO: En la tramitación del presente proceso se han observado las prescripciones legales Vistos los preceptos legales citados por las partes, los concordantes, y de general aplicación. Siendo Ponente la Ilma. Sra. Dª Inmaculada Rodríguez Falcón, Magistrada de esta Sala .

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Es objeto de este recurso la Resolución de la Consejería de Política Territorial y Medio Ambiente que resolvio recurso extraordinario de revisión contra la resolución del Ilmo. Sr. Director General de Urbanismo, que autorizó la reparación y limpieza de comino de 300 metros en el valle de mogan, solicitada por Mariano .

En sintesis el recurrente expone que D. Mariano amparado en la autorización para reparar un camino había construido un camino que previamente inexistente invadiendo la finca de los recurrentes.

La Comunidad Autónoma opone que las autorizaciones se entienden concedidas salvo el derecho de propiedad y sin perjuicio de tercero. Si las obras no se ajustan a la autorización no están amparadas por las mismas.

SEGUNDO

La Ley de Ordenación territorial del suelo rústico 5/1987, en su artículo 9.2 autoriza excepcionalmente construcciones o...

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